Decreto 11/2020, de 3 de febrero, por el que se actualiza el Manual de Diseño Gráfico aprobado mediante Decreto 245/1997, de 15 de octubre, para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior |
Rango de Ley | Decreto |
Conforme establece el art. 11.1.b) del Decreto 99/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, le corresponde a través de la Dirección General de Comunicación Social, entre otras tareas, el ejercicio de funciones y competencias que le atribuye el Decreto 96/2017, de 27 de junio, por el que se regula la coordinación de la estrategia de imagen institucional de la Administración de la Junta de Andalucía.
Asimismo, su apartado c) atribuye a la Dirección General de Comunicación Social la «dirección de la estrategia de imagen institucional de la Junta de Andalucía, así como la coordinación y seguimiento para el correcto uso y aplicación de la Identidad Corporativa de la Junta de Andalucía».
Mediante la disposición derogatoria única del Decreto 96/2017, de 27 de junio, fue derogado, entre otros, el Decreto 245/1997, de 15 de octubre, por el que se regula la coordinación de la estrategia de imagen institucional de la Administración de la Junta de Andalucía, quedando vigente, únicamente, la Orden de 30 de abril de 1998, por la que se aprueba el Manual de Señalización Corporativa para su utilización por el Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía, aprobada su adaptación y actualización mediante Orden de 3 de septiembre de 2007, en todo aquello que no se opusiese. En todo caso, su Disposición transitoria única mantiene vigente el Manual de Diseño Gráfico recogido en el Decreto 245/1997, de 15 de octubre, hasta tanto se apruebe uno nuevo mediante Decreto.
El artículo 4.1 del citado Decreto define el Manual de Diseño Gráfico como aquel que recoge las normas y características de reproducción que deberán tenerse en cuenta para la adecuada identificación de los órganos y entidades incluidas en su artículo 3, ya sea en comunicación, publicaciones, papelería o señalización, con la finalidad de que las distintas aplicaciones de los elementos básicos de identidad corporativa se realicen de una forma eficaz y homogénea en su utilización por el Gobierno, la Administración de la Junta de Andalucía y la Administración Institucional.
Se está trabajando en la elaboración de un nuevo Manual de Diseño Gráfico que contenga y desarrolle la aplicación de toda la identidad corporativa del Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía. Este Decreto permitirá...
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