Decreto 108/2018, de 19 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad |
Rango de Ley | Decreto |
El Decreto de la Presidenta 5/2018, de 6 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en su artículo 4, determina que corresponden a la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad las competencias que actualmente tenía atribuidas la Consejería de Economía y Conocimiento, excepto las asignadas a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública en el artículo 3 de dicho decreto.
Asimismo, y como novedad la Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada queda adscrita a la nueva Consejería, todo ello de conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 31 de octubre de 2017 por el que se autorizaba a la anterior Consejería de Economía y Conocimiento para la adquisición de la representación mayoritaria en la entonces Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada.
La determinación del ámbito competencial atribuido a la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad hace precisa, por tanto, la regulación de su estructura orgánica.
Este decreto se dicta por razones de interés general, conteniendo la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir y es coherente con el resto del ordenamiento jurídico, autonómico, nacional y de la Unión Europea, contribuyendo a generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre. De conformidad con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, este decreto se ha elaborado bajo los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Por su parte, el presente decreto se adecua a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, según el cual los poderes públicos integrarán la perspectiva de género en la elaboración, ejecución y seguimiento de las disposiciones normativas, con el objeto de eliminar los efectos discriminatorios que pudieran causar y fomentar la igualdad entre mujeres y hombres.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en los artículos 21.3 y 27.19 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Conocimiento, Investigación y Universidad, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de junio de 2018,
DISPONGO
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De conformidad con lo establecido en el Decreto de la Presidenta 5/2018, de 6 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, corresponden a la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre las siguientes materias:
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El fomento de la internacionalización del tejido empresarial andaluz, así como la atracción de inversión directa exterior que pueda contribuir al desarrollo y consolidación del tejido productivo andaluz.
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El desarrollo de la cultura emprendedora en la Comunidad Autónoma mediante las medidas de unificación, coordinación y apoyo que resulten pertinentes, sin perjuicio de las competencias que correspondan en esta materia a otras Consejerías.
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La gestión de las competencias que en materia de enseñanza universitaria corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud de lo dispuesto en el artículo 53 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, sin perjuicio de la autonomía universitaria y de las salvedades constitucional y legalmente previstas.
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La coordinación y el fomento de la investigación científica y técnica y la transferencia del conocimiento y la tecnología en el Sistema Andaluz del Conocimiento, estableciendo el régimen de incentivos de I+D+i para los agentes de este Sistema, su seguimiento y evaluación, con especial atención a la formación de las personas dedicadas a la investigación, los proyectos de investigación y aplicación del conocimiento, la difusión de la ciencia a la sociedad y de sus resultados al tejido productivo.
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La economía social y, en especial, las cooperativas y las sociedades laborales.
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El fomento y la promoción del trabajo autónomo y del autoempleo, así como la planificación, gestión, promoción y evaluación de los programas y acciones relativos al fomento de vocaciones empresariales, la formación de personas emprendedoras y titulares de pequeñas empresas, y la difusión de la cultura empresarial.
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Así mismo, la persona titular de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, formará parte de la Comisión Delegada del Gobierno para la Igualdad, el Bienestar y la Inmigración y de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.
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La Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, se estructura para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos directivos:
- Viceconsejería.
- Secretaría General de Emprendimiento, Economía Social e Internacionalización.
- Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología.
- Secretaría General Técnica.
- Dirección General de Economía Social y Trabajo Autónomo.
- Dirección General de Universidades.
- Dirección General de Investigación y Transferencia del Conocimiento.
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La Consejería gestionará las competencias de los servicios periféricos que le corresponde a través de la organización territorial que se determine.
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Quedan adscritas a la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad las siguientes entidades:
- La Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A. (EXTENDA).
- Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza.
- La Agencia Andaluza del Conocimiento.
- Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada.
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Quedan asimismo adscritos a la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, entre otros:
- El Consejo Andaluz de Universidades.
- La Comisión Interdepartamental para la Cultura Emprendedora.
- La Comisión Interdepartamental de I+D+i.
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La persona titular de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad estará asistida por un Gabinete, cuya composición será la establecida por su normativa específica.
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La suplencia de la persona titular de la Consejería será ejercida por la persona titular de la Viceconsejería, salvo lo establecido en el artículo 10.1.j) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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En caso de ausencia, vacante o enfermedad de la persona titular de la Viceconsejería será suplida por la persona titular de la Secretaría General de Emprendimiento, Economía Social e Internacionalización, y en su defecto, por la persona titular de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología. Asimismo, la persona titular de cada Secretaría...
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