Decreto 107/2015, de 30 de marzo, por el que se convocan elecciones a la Presidencia de las Entidades Locales Autónomas existentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Justicia e Interior
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en su artículo 199.1, dispone que «el régimen electoral de los órganos de las entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio será el que establezcan las leyes de las comunidades autónomas que las instituyan o reconozcan, que, en todo caso, deberán respetar lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local; en su defecto, será el previsto en los números siguientes de este artículo».

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en el artículo 60.1, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de régimen local que, respetando el artículo 149.1.18.ª de la Constitución y el principio de autonomía local, incluye, según el apartado f), «la regulación del régimen electoral de los entes locales creados por la Junta de Andalucía, con la excepción de los constitucionalmente garantizados».

De acuerdo con la anterior previsión, la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, reconoce a las entidades locales autónomas la categoría de entidad local con personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, regulando en el Título VII, Capítulo III, la elección de los miembros de sus órganos de gobierno.

A su vez, la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, establece en su artículo 42.3 que los decretos de convocatoria de elecciones locales se expiden el día quincuagésimo quinto antes del cuarto domingo de mayo del año que corresponda y se publican al día siguiente en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente. Entran en vigor el mismo día de su publicación.

Con motivo de la expiración de los mandatos de las actuales corporaciones locales, se hace preciso que se proceda a la correspondiente convocatoria electoral que, en el caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se referirá a la elección de la Presidencia de las Entidades Locales Autónomas existentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, siendo la fecha de celebración la del 24 de mayo de 2015. Asimismo, se incluyen aquellos nuevos municipios en los que aún no se haya constituido la...

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