ORDEN de 3 de mayo de 1990, por la que se convocan cursos de formación en Idiomas modernos (Francés e Inglés), para el Profesorado de Educación General Básica de Andalucía.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA |
Rango de Ley | Orden |
La creciente importancia que los idiomas modernos están adquiriendo en nuestra sociedad actual, junto con la demanda y la necesidad de perfeccionamiento que con vista a la Reforma se está produciendo en este terreno por parte del profesorado, han hecho que esta Consejería de Educación y Ciencia establezca dentro de sus acciones de perfeccionamiento la realización de cursos de formación destinados en una primera fase al profesorado de EGB.
En virtud de que esta formación del profesorado responde a necesidades globales de la situación actual del sistema educativo y con objeto de conseguir un funcionamiento unitario en la organización de los mismos, esta Consejería de Educación y Ciencia ha tenido a bien
DISPONER
Primero. Se convocan los cursos de formación en Idiomas Modernos que se detallan en el Anexo I de la presente Orden (Francés e Inglés) para el profesorado de Educación General Básica que se encuentre en activo en Andalucía.
Segundo. Se organizarán cursos de distintos niveles: Curso de nivel II dirigido al profesorado de EGB que haya realizado los cursos de Francés e Inglés convocados por la Consejería de Educación y Ciencia durante el curso 89
90, Orden 12.09.89 (BOJA 3.10.89).
Curso de nivel dirigido al profesorado de EGB que se encuentre en activo en Andalucía y no haya realizado los cursos mencionados en el párrafo anterior.
Tercero. Los aspirantes serán seleccionados de acuerdo con lo establecido en el artículo 8. y teniendo en cuenta el requisito prioritario de estar impartiendo clases del Idioma (Francés o Inglés) para el que se solicita el curso en su respectivos Centros. Con objeto de acreditarlo deberán aportar certificado del Director del Centro con el V.B. de la Inspección de tal circunstancia, así como constancia de su inclusión en el Plan de Centro. Asimismo podrán solicitar los cursos de nivel I otros profesores que tengan reconocida la especialidad en Idiomas Modernos. Los solicitantes de los cursos de nivel I habrán de presentar un breve informe sobre su nivel de dominio del idioma que solicitan, a fin de que los cursos proyectados incidan de manera positiva en la formación de aquellos profesores que más necesiten de una preparación básica adecuada.
Cuarto. El número de participación por curso será en torno a quince profesores.
Quinto. El comienzo de dichos cursos será antes del 15 de octubre del presente año.
Sexto. Los gastos que se deriven de la realización de estos cursos (ponencias, desplazamientos...
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