ORDEN de 25 de enero de 2008, por la que se modifica la de 8 de marzo de 2007, que establece las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en materia de organización de acciones formativas y para la financiación de gastos corrientes a organizaciones sindicales, recuperación de la memoria histórica y mejora de las...

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyOrden

ORDEN de 25 de enero de 2008, por la que se modifica la de 8 de marzo de 2007, que establece las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en materia de organización de acciones formativas y para la financiación de gastos corrientes a organizaciones sindicales, recuperación de la memoria histórica y mejora de las infraestructuras y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz.

La experiencia obtenida en la aplicación de la línea de subvenciones dirigida a la mejora de la infraestructura y el equipamiento de los Juzgados de Paz en Andalucía aconseja introducir una modificación en la cuantía máxima a percibir por los Ayuntamientos beneficiarios, de manera que se garantice que, aunque dentro de la dinámica de una concurrencia competitiva, las subvenciones se distribuyan de manera más general entre los solicitantes que presenten proyectos de actuaciones en principio susceptibles de valorar. Se trata de evitar que uno o unos pocos de los solicitantes acaparen la totalidad de los fondos habilitados para este tipo de ayuda.

Respecto a las jornadas y estudios relativos a la recuperación de la Memoria Histórica, parece necesario incorporar al régimen de las subvenciones regladas y con carácter competitivo, como aconseja el espíritu de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las solicitudes sobre los proyectos de actuaciones que presenten las Universidades públicas de Andalucía, que hasta el momento se han venido tramitando y concediendo esporádicamente como subvenciones excepcionales, dado que se han implantado en todas ellas líneas de investigación y trabajo con vocación de permanencia. En esta modalidad, para posibilitar la realización de estudios de mayor profundidad, se elimina el límite de 6.000 euros, al tiempo que se garantiza una distribución de los fondos destinados a esta línea de subvención entre la mayor parte de los solicitantes, para lo que se habilita una fórmula semejante a la que se establece para las subvenciones de las actuaciones destinadas a la mejora de la infraestructura y el equipamiento de los Juzgados de Paz.

Por otro lado, la modalidad que subvenciona la organización de acciones formativas cuenta con dos fuentes de financiación diferenciadas: De una parte, las ayudas dimanantes del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas de 21 de septiembre de 2005, destinadas a subvencionar, entre otros, a las Organizaciones Sindicales representativas, y por otra, el Instituto Andaluz de Administración Pública, Organismo Autónomo adscrito a la Consejería de Justicia y Administración Pública, que en el ámbito de sus competencias diseña el Plan de Formación para atender las necesidades de perfeccionamiento del personal de la Administración de la Junta de Andalucía, y destina ayudas a Organizaciones Sindicales con representación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para que participen en la gestión de dicho Plan de Formación.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la...

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