ORDEN de 7 de mayo de 1993, por la que se convocan actividades de formación en Centros y Actividades de autoperfeccionamiento dirigidas al Profesorado de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo supone el comienzo de un proceso que se caracteriza por la ejecución y progresiva generalización de nuevos planteamientos metodológicos y organizativos de la vida escolar, culminando en ella una etapa de experimentación, de estudio, de propuestas y de debates que ha marcado la innovación en nuestra Comunidad Autónoma.

La LOGSE, y especialmente su desarrollo a través de los Decretos de Enseñanzas de Andalucía, ha permitido el establecimiento de un marco general de referencia para las futuras actuaciones innovadoras. El currículum desarrollado en esos Decretos, por su carácter dinámico, abierto y flexible, no sólo va a permitir la innovación, sino que exige un proceso constante y sostenido de adecuación de las propuestas docentes a las necesidades y circunstancias de la sociedad.

Así considerada, la innovación educativa aparece ligada directamente al ejercicio profesional docente en un marco teórico y curricular apropiado. La misma concepción del profesor como profesional que mantiene un permanente análisis de los procesos de enseñanza y aprendizaje implica que desarrollo curricular e innovación educativa sean aspectos mutuamente complementarios.

En esta nueva situación corresponde a la Consejería de Educación y Ciencia propiciar medidas de formación permanente del profesorado que actúen en apoyo a las iniciativas en el proceso de renovación de su práctica docente. Los proyectos curriculares de centro, etapa, ciclo y aula elaborados por los equipos docentes, como concreción de las propuestas educativas contempladas en el Proyecto de Centro, van a constituir para muchos de estos equipos los principales instrumentos para abordar la innovación en su práctica y convierten al centro educativo en el principal espacio de renovación e innovación educativa.

Este proceso va a requerir profundizar en la diversificación de modelos de formación que establece el Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, aprobado por Decreto 164/1992 de 8 de Septiembre, es decir, la formación derivada de las necesidades y exigencias del Sistema Educativo, la formación centrada en la escuela y el autoperfeccionamiento En función de ello es necesario prestar mayor atención a las actividades de formación en Centros Educativos y a las que tienen como finalidad al preparación del Profesorado para la elaboración y desarrollo del Proyecto de Centro, impulsando hacia esos objetivos la amplia participación hasta ahora existente en la realización de actividades de autoformación por grupos docentes. Estas modalidades conllevan actuaciones más globales en cada Centro que faciliten el cambio educativo y suponen al mismo tiempo una nueva concepción en la manera de regular la innovación educativa que la Administración Educativa ha facilitado en los últimos años.

Las convocatorias de proyectos de innovación y/o experimentación educativa realizadas por la Consejería de Educación en los años anteriores han cumplido un importante papel de dinamización y de actualización del profesorado y de aportación de ideas y experiencias en el proceso de elaboración de los Diseños Curriculares de Andalucía. Una vez aprobados estos en los Decretos de Enseñanza de Andalucía se ha establecido un nuevo marco para el desarrollo de buena parte de las actuaciones anteriores en materia de innovación educativa, mediante s incorporación a los Proyectos Curriculares de Centro. Las necesidades de formación permanente del Profesorado que se derivan de la nueva situación aconsejan el establecimiento de fórmulas que impliquen en actividades de formación al mayor número posible de profesores de un mismo Centro Educativo.

Teniendo en cuenta el desarrollo de la experiencia anterior y en el marco global de las actuaciones de ámbito regional contempladas para el curso

1993/94, es necesario articular medidas que favorezcan la configuración de proyectos en común, capaces de dar respuesta a las necesidades de claustros y equipos docentes. Al mismo tiempo se abre una nueva perspectiva de innovación, entendida, de manera rigurosa, como actividad que implique renovación dentro del nuevo marco curricular ya existente en Andalucía.

En consecuencia, esta Consejería

DISPONE:

Artículo 1

Se convocan para el profesorado de niveles educativos, a excepción del universitario, de la Comunidad Autónoma de Andalucía los proyectos y ayudas siguientes:

Programa de formación permanente en Centros Docentes

  1. PROYECTOS DE FORMACION EN CENTROS

    Actividades de autoformación

  2. PROYECTOS DE INNOVACION EDUCATIVA.

  3. INTEGRACION DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACION EN EL PROYECTO CURRICULAR DE CENTRO.

  4. PROYECTOS DE SEMINARIOS PERMANENTES.

  5. AYUDAS ECONOMICAS PARA LA REALIZACION DE ESCUELAS DE VERANO, JORNADAS PEDAGOGICAS, CONGRESOS, SIMPOSIOS Y DEMAS ACTIVIDADES DE RENOVACION PEDAGOGICA QUE SE CELEBREN EN ANDALUCIA EN EL AÑO 1993.

  6. AYUDAS ECONOMICAS INDIVIDUALES PARA LA ASISTENCIA Y PARTICIPACION EN ACTIVIDADES DE FORMACION, CONFERENCIAS, CONGRESOS, SIMPOSIOS, CURSOS, GRUPOS DE TRABAJO, SEMINARIOS Y REUNIONES ANALOGAS QUE SE CELEBREN HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1993.

    Asimismo, podrán solicitarlas los funcionarios pertenecientes o adscritos a EPOEs., SAEs, EATAIs., Equipos Técnicos de

    Coordinación Provincial de Adultos, Centros de Profesores, Inspección de Educación, así como aquellos profesores que desempeñen tareas en la coordinación provincial de los diferentes programas de esta Consejería.

    39.2. Las ayudas se concederán para actividades de formación relacionadas directamente con la asignatura, área, ciclo, especialidad o actividad en la que, efectivamente, esté desempeñando sus funciones el solicitante.

    39.3. Quedarán excluidos de la presente convocatoria los solicitantes a los que les fue adjudicada ayuda económica individual por resolución de la convocatoria del pasado año (Orden de 30 de marzo de 1992 - BOJA 12 de mayo de 1992).

Artículo 40

Los aspirantes a estas ayudas presentarán sus solicitudes, según el modelo que figura en el Anexo VI.A de esta Orden, en la Delegación Provincial de Educación y Ciencia correspondiente.

A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

  1. Memoria explicativa en la que se expongan los motivos por los que se solicite la ayuda, junto con un presupuesto desglosado de gastos donde conste la ayuda solicitada, según el modelo del Anexo VI.B.

  2. Original o fotocopia del programa o convocatoria de la actividad para la que se solicita la ayuda, en el que conste debidamente su duración y las fechas de comienzo y finalización.

  3. Certificado del Director del centro de destino o del Jefe del Servicio correspondiente, en el que se indique el área, nivel, materia, especialidad o actividad en la que, efectivamente, está desempeñando sus funciones el solicitante.

  4. Declaración del interesado de que no percibe otra ayuda o subvención por la asistencia a la actividad para la que solicita la ayuda.

Artículo 41

Por las actividades que hayan finalizado o finalicen entre el 1 de enero y el 31 de julio de 1993, el plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden.

Para aquellas actividades que finalicen entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 1993, el plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 30 de septiembre de 1993.

Artículo 42

Si, por cualquier motivo, la actividad solicitada no pudiese ser realizada, o si se renunciase a la participación en la misma, el interesado deberá comunicar dicho extremo al Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación y

Ciencia (Avda. República Argentina, 21, 3ra. planta, 41011 -Sevilla), como máximo dentro de los ocho días siguientes a la fecha prevista para su finalización.

Este requisito será necesario para que el interesado, en caso de solicitar, puede ser incluido en la siguiente convocatoria de ayudas económicas individuales, sin que le sea aplicada la exclusión prevista en el artículo 39.3 de la presente Orden.

Artículo 43

43.1.- La percepción de la ayuda económica individual concedida está condicionada a que el interesado justifique debidamente su participación en la actividad de formación para la que había solicitado dicha ayuda. Para ello, remitirá a la Delegación Provincial la siguiente documentación:

  1. Breve memoria en la que se incluya un informe sobre su participación en la actividad.

  2. Fotocopia compulsada el certificado de asistencia o de participación expedido por la entidad organizadora de la actividad.

  3. Fotocopia compulsada del resguardo de matrícula o del documento que justifique su inscripción.

  4. Datos bancarios del solicitante.

43.2.- La anterior documentación será enviada por los interesados, dentro de los ocho días siguientes al de la recepción de la notificación de concesión de ayuda, a la Delegación Provincial de Educación y Ciencia correspondiente, la cual hará efectivo el pago de la ayuda concedida.

Si al recibir dicha notificación la actividad no hubiese sido realizada, la documentación aludida se presentará dentro de los ocho días siguientes a la finalización de la misma.

  1. RESOLUCION DE LA CONVOCATORIA

Comisiones de selección

Artículo 44

Para la resolución de la presente convocatoria se constituirán las comisiones que se establecen en el presente artículo.

Dichas comisiones se reunirán cuantas veces sea necesario a los efectos de realizar las funciones que se les encomienda.

44.1. En el caso de Proyectos de Formación en Centros, la selección será realizada a propuesta de la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica establecida en el apartado 2 de la Orden de 10 de junio de 1992 (BOJA de 18/8/92).

A estos efectos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR