ACUERDO de 9 de mayo de 1988, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Convenio colectivo de trabajo de ámbito interprovincial, de la empresa Asociación para la Promoción del Minusválido, con el personal que presta servicios en las secciones del Centro especial de empleo de comerci... 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Fomento y Trabajo
Rango de LeyAcuerdo

Visto el Texto del Convenio Colectivo de la Empresa Asociación para la Promoción de Minusválido "PROMI", con el Personal que presta sus servicios en las secciones del centro especial de empleo de comercial y matadero, recibido en esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, en fecha

29 de abril de 1988, suscrito por la representación de la Empresa y los Trabajadores con fecha 23 de abril de 1988, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y Real Decreto

4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias, esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social.

A C U E R D A

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo, de ámbito Interprovincial, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Remitir un ejemplar del mismo al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales para su depósito.

Tercero. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de mayo de 1988.- El Director General, Ramón Marrero Gómez.

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA ASOCIACION PARA LA PROMOCION DEL MINUSVALIDO "PROMI", CON EL PERSONAL QUE PRESTA SUS SERVICIOS EN LAS SECCIONES DEL CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO DE COMERCIAL Y MATADERO

Capítulo I Disposiciones Generales Artículos 1 a 15
Sección 1 a. Determinación de las partes Artículo 1
Artículo 1º

Este Convenio ha sido pactado por una representación de los trabajadores de la Empresa PROMI, correspondiente a los Centros de Trabajo Comercial y Matadero de PROMI, a la que se le denominará, Representación Social, compuesta por los siguientes trabajadores: D. Manuel Caballero Serrano.

D. Bartolomé Fernández Casado.

D. Antonio García de Liche.

D. José Barrios Delgado.

Y una Representación de la Dirección de la Empresa a la que se le denominará Representación Económica, compuesta por los siguientes miembros:

D. Rafael Hiedra Gómez.

D. Guillermo Fernández Peraza.

D. Francisco Contreras González.

Sección 2 a. Ambito territorial, funcional y personal Artículos 2 a 4
Artículo 2º Ambito Territorial.

Las normas contenidas en el presente Convenio serán aplicables a los distintos Centros de Trabajo de la Asociación para la Promoción del Minusválido "PROMI", en las provincias de Córdoba, Jaén y Sevilla, como asimismo para aquellos Centros de Trabajo de nueva creación pertenecientes a dicha Asociación.

Artículo 3º Ambito Funcional.

El Convenio afecta a todas las actividades de los distintos Centros de Trabajo de Comercial y Matadero.

Artículo 4º Ambito Personal.

El presente Convenio es de aplicación con exclusión de cualquier otro a todo el...

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