Decreto 1/2009, de 7 de enero, por el que se regula la elaboración y contenido del informe anual sobre el conjunto de actuaciones llevadas a cabo en materia de violencia de género.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone en su artículo 16 que las mujeres tienen derecho a una protección integral contra la violencia de género, que incluirá medidas preventivas, medidas asistenciales y ayudas públicas.

La Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género responde al desarrollo específico de las estrategias contra la violencia de género, y constituye el reconocimiento de los derechos de las mujeres en orden a su protección y atención con el objetivo de conseguir la plena recuperación de las víctimas y facilitarle su salida del ciclo de la violencia.

El artículo 4.a) de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, establece que la actuación de los poderes públicos de Andalucía tendente a la erradicación de la violencia de género deberá inspirarse, entre otros fines y principios, en desarrollar y aplicar políticas y acciones con un enfoque multidisciplinar, a través de acciones institucionales coordinadas y transversales, de forma que cada poder público implicado defina acciones específicas desde su ámbito de intervención de acuerdo con modelos de intervención globales.

Asimismo, el artículo 7 de la citada Ley establece que la Consejería competente en materia de igualdad desarrollará los instrumentos específicos necesarios para observar y evaluar la efectividad de las medidas destinadas a la prevención y erradicación de la violencia de género.

Por otro lado, la disposición adicional primera de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, establece que la Consejería competente en materia de igualdad elaborará un informe anual, en los términos que reglamentariamente se determine, sobre el conjunto de actuaciones llevadas a cabo por las Consejerías implicadas en materia relacionadas con la violencia de género, el cual se presentará en el Parlamento Andaluz.

En su virtud, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la disposición final primera de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, y los artículos 21.3, 27.9 y 44.1 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera para la Igualdad y Bienestar Social, de acuerdo con el Consejo...

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