DECRETO 127/1989, de 6 de junio, por el que se crea el conjunto arqueológico de Italica, como unidad administrativa. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto

La ciudad de Itálica fue fundada por Publio Cornelio Escipion en el año 206 antes de Cristo, a fines de la Segunda Guerra Púnica, recibiendo este nombre por ser el primer establecimiento romano fuera de la Península Italiana. En ella habitaron grandes familias de ciudadanos romanos, de las que nacieron los emperadores Trajano y Adriano; fue abandonada tras la invasión islámica, convirtiéndose en un campo de ruinas, que por su proximidad a Sevilla se denominó Sevilla la Vieja.

Aunque conocida y descrita por los eruditos desde el siglo XVII, sus excavaciones sistemáticas no se iniciaron hasta el siglo XIX, poniéndose al descubierto el anfiteatro y los dos edificios termales. A partir de 1929 se comenzó a excavar la ciudad y la muralla y en

1970 se inició el descubrimiento del teatro y se amplió el área excavada de la ciudad.

En la actualidad la Zona Arqueológica de Itálica comprende el pueblo de Santiponce, donde se encuentra el teatro y las termas mayores, los depósitos de agua del acueducto y el anfiteatro, todo lo cual constituye en su conjunto el área más extensa de edificaciones romanas visitables de Andalucía y un grupo de monumentos esencial en la arqueología española.

Esta importancia ya fue reconocida por la Real Orden de 12 de diciembre de 1912, el Decreto de 3 de junio de 1931 y el Decreto

1757/1962, de 5 de julio, que extendió la declaración de monumento histórico-artístico a favor de todo el recinto de la antigua ciudad de Itálica, creando su Patronato por el Decreto 1345/1970 de 23 de abril, modificándose su composición, posteriormente, por el Real Decreto 2997/1980 de 21 de noviembre.

Las funciones sobre esta singular Zona Arqueológica fueron transferidas a la Comunidad Autónoma por el Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero, amparándose en las competencias que le atribuyen el artículo 148.1.16 de la Constitución y el art. 13.27 del Estatuto de Autonomía de Andalucía sin perjuicio de lo dispuesto por el art.

148.1.28 del texto Constitucional.

Estas funciones fueron asignadas a la Consejería de Cultura por el Decreto 180/1984 de 19 de junio, que la faculta como organismo competente para la ejecución de la Ley 16/1985, de 25 de julio, del Patrimonio Histórico Español según establece el art. 6 de dicha norma. El presente Decreto crea la Institución "Conjunto Arqueológico de Itálica" como una estructura administrativa ágil, que atienda a la doble finalidad de investigar y conservar los vestigios del legado romano y posibilitar la puesta al servicio de la colectividad de estos bienes. Al mismo tiempo, conscientes de la delicadeza de estos objetivos se dota al Conjunto Arqueológico concebido como institución cultural de un órgano consultivo de carácter técnico donde estén presentes especialistas de las distintas disciplinas necesarias para su conocimiento, que haga efectivo, además el principio de participación en la actuación de la Administración de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 34.1. y

37.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

Por todo ello, en virtud de lo establecido en el art. 26.12 de la ley 6/1983 del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta de la Consejería de Cultura conforme de la Consejería de Hacienda y Planificación, aprobación de la Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del 6 de junio de 1989.

D I S P O N G O:

Artículo 1º
  1. Se crea el "Conjunto arqueológico de Itálica" como unidad administrativa dependiente de la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Cultura, constituido por la Zona Arqueológica de la antigua ciudad de Itálica y su entorno, declarada Monumento Histórico Artístico, por el Decreto 1757/1962, de 5 de julio.

  2. Corresponden a la unidad...

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