DECRETO 63/1990, de 27 de febrero, sobre autorización por la Junta de Andalucía de operaciones de concertación o contratación de préstamos o créditos por los Entes Locales Andaluces. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Planificación
Rango de LeyDecreto

La publicación de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, introduce modificaciones en la materia relativa a las operaciones de concertación o contratación de préstamos o créditos por las Entidades Locales, en relación con lo regulado en la normativa anterior, constituida por el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, cuyo Título VIII, referido a las Haciendas Locales, queda derogado por la disposición derogatoria 1.d) de la referida Ley 39/88. Esta circunstancia obliga a revisar el Decreto 218/1984, de 1 de agosto, sobre autorización por la Junta de Andalucía de operaciones de crédito o aval de las Entidades Locales Andaluzas. El artículo 54.2 de la Ley 39/88 atribuye las competencias de autorización de la concertación de créditos y concesión de avales a los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda, salvo que la Comunidad Autónoma tenga atribuida en su Estatuto competencia en la materia, en cuyo caso corresponderá a la misma. En este sentido, el artículo 62.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía asigna competencias en materia de tutela financiera de los Entes Locales, respetando la autonomía que se reconoce en los artículos 140 y

142 de la Constitución y de acuerdo con el artículo 13.3 del mismo. El artículo 9º. g) de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, atribuye al Consejero de Hacienda y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR