DECRETO 9/2000, de 24 de enero, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Extranjería.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 9/2000, de 24 de enero, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Extranjería.

La aprobación de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, requiere, en primer término, de un análisis de las repercusiones de la misma sobre las competencias propias de la Junta de Andalucía en este ámbito, y exige, al mismo tiempo, la adopción de las medidas necesarias para llevar a la práctica las nuevas previsiones normativas.

Esta doble tarea presenta un carácter multidisciplinar, por cuanto las materias sobre las que incide la citada Ley Orgánica afecta a las competencias de diversas Consejerías. Por ello, se hace preciso constituir una Comisión Interdepartamental que asuma la coordinación necesaria en este tema y se encargue de plantear y promover las iniciativas convenientes en orden a la aplicación de esta Ley, abordando desde una perspectiva integral la realidad de los procesos migratorios en Andalucía.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Asuntos Sociales, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de enero de 2000,

D I S P O N G O

Artículo 1 Creación.

Se crea como órgano de asesoramiento la Comisión Interdepartamental de Extranjería, que se adscribe a la Consejería de Asuntos Sociales.

Artículo 2 Funciones.

Corresponde a la Comisión Interdepartamental de Extranjería:

  1. Informar en torno a las repercusiones de la Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en las competencias propias de la Junta de Andalucía.

  2. Promover las medidas necesarias para el desarrollo y aplicación de la citada Ley, en relación con los procesos migratorios en Andalucía.

  3. Elaborar y elevar propuestas a las distintas Administraciones Públicas en relación con la situación y problemática de los extranjeros en Andalucía.

  4. Participar y mantener las relaciones con los órganos y consejos de carácter consultivo que se establezcan en el ámbito de otras Administraciones Públicas.

Artículo 3 C...

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