DECRETO 51/1987, de 25 de febrero, por el que se crea el Colegio Oficial de Químicos de Huelva, por segregación del Colegio de Químicos de Sevilla.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economía y Fomento
Rango de LeyDecreto

La Delegación del Colegio Oficial de Químicos de Sevilla en Huelva propuso en 20 de mayo de 1983 la creación del Colegio Oficial de Químicos de Huelva por segregación de aquél. Esta propuesta fue conformada por la Asamblea General Extraordinaria del Colegio de Químicos de Sevilla celebrada en 30 de noviembre de 1983 y por el Consejo General de los Colegios Oficiales de Químicos de España en sesión del 5 de mayo de 1984. La legislación aplicable está constituida por el artículo 4.2. de la Ley

2/1974, de 13 de febrero, modificada por Ley 74/1978, de 26 de diciembre, sobre Colegios Profesionales, según el cual la fusión, absorción, segregación, cambio de denominación y disolución de los Colegios Profesionales de la misma profesión será promovida por los propios Colegios, de acuerdo con lo dispuesto en los propios Estatutos, y requerirá la aprobación por Decreto, previa audiencia de los demás Colegios afectados, el Decreto de 9 de mayo de 1951 del Ministerio de Industria, por el que se crean los Colegios de Doctores y Licenciados de Ciencias Químicas y Físico Químicas, que creó entre otros el de Sevilla, y el Reglamento General, aprobado por Orden de dicho Ministerio de 10 de enero de 1952, modificado por Orden de 9 de diciembre que, en el caso del Colegio de Sevilla establece que su demarcación comprende a las ocho provincias que hoy constituyen la Comunidad Autónoma de Andalucía y faculta al Ministerio de Industria para, a propuesta del Consejo Superior de Colegios, crear los nuevos que estime convenientes, asignándoles la demarcación que establezca.

La competencia para proponer y acordar la creación del Colegio Oficial de Químicos de Huelva viene dada por el Estatuto de Autonomía de Andalucía, artículo 13.24 que confiere a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de Colegios Profesionales, la Ley 12/83, de 14 de octubre, del proceso autonómico, artículo 15.2...

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