DECRETO 165/2005, de 12 de julio, por el que se aprueba el catálogo de enseñanzas universitarias conducentes a la expedición por las Universidades Públicas de Andalucía de títulos oficiales, así como la estructura de los centros que las imparten.

Sección1. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 165/2005, de 12 de julio, por el que se aprueba el catálogo de enseñanzas universitarias conducentes a la expedición por las Universidades Públicas de Andalucía de títulos oficiales, así como la estructura de los centros que las imparten.

El artículo 2.5 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, atribuye a las Comunidades Autónomas la coordinación de las Universidades de su competencia. En este sentido, la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades, establece en su artículo 56, que corresponde al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía acordar la implantación, suspensión y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional que se impartan en Andalucía, así como la creación, modificación y supresión de centros universitarios encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de dichos títulos. Las propuestas que aprueba la Comunidad Autónoma, son realizadas por iniciativa del Consejo Social de la Universidad de que se trate o bien por el referido Consejo y, en todo caso, previo informe del Consejo de Gobierno de la Universidad.

Página núm. 14

Atendiendo a la consecución de esos fines, en el ejercicio de las competencias asimismo indicadas, el presente Decreto tiene la finalidad de plasmar la programación universitaria a partir del curso 2005/2006, mediante la actualización del catálogo de enseñanzas universitarias oficiales que imparten las Universidades Públicas Andaluzas y la adecuación a tal efecto de sus correspondientes estructuras de centros, todo ello, una vez emitido informe del Consejo Andaluz de Universidades, de acuerdo con lo establecido en sus artículos 11.c), 56.1.c) y 73.d) de precitada Ley Andaluza de Universidades.

Por tanto, el presente Decreto se dicta con objeto de adecuar la oferta de estudios y servicios universitarios a las necesidades reales de Andalucía y se tramita a tenor de lo establecido en el artículo 39.2 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía y de las competencias atribuidas por el Decreto 201/2004, de 11 de mayo, de estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, con informe del Consejo Andaluz de Universidades y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 12 de julio de 2005,

DISPONGO

Artículo único Catálogos de títulos oficiales.

Se aprueban, en el marco de la programación universitaria anual, el catálogo de enseñanzas universitarias conducentes a la expedición por las Universidades Públicas de Andalucía de títulos oficiales, a partir del curso 2005/2006, así como la estructura de los Centros a los que corresponderá su gestión administrativa y organización, quedando actualizado en la forma que se establece en el Anexo del presente Decreto.

Disposición derogatoria única

Quedan derogados el Decreto 233/2003, de 29 de julio, por el que se aprueban los catálogos de títulos oficiales de las Universidades Andaluzas y el Decreto 78/2004, de 24 de febrero, por el se actualiza el anterior, así como las normas de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Decreto.

Disposiciones Finales
Disposición final primera Desarrollo y ejecución.

Se autoriza al Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa para que dicte las disposiciones necesarias para la ejecución y desarrollo del presente Decreto.

Disposición final segunda Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de julio de 2005

MANUEL CHAVES GONZALEZ Presidente de la Junta de Andalucía FRANCISCO VALLEJO SERRANO Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa

ANEXO

UNIVERSIDAD DE ALMERIA CENTROS PROPIOS Facultad de Ciencias Experimentales: Licenciado en Ciencias Ambientales.

Licenciado en Matemáticas.

Licenciado en Química.

Ingeniero de Materiales.

Ingeniero Químico.

Facultad de Derecho: Diplomado en Gestión y Administración Pública.

Licenciado en Derecho.

Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación: Licenciado en Filología Hispánica.

Licenciado en Filología Inglesa.

Licenciado en Humanidades.

Licenciado en Psicología.

Licenciado en Psicopedagogía.

Maestro: Esp. Educación Física.

Maestro: Esp. Educación Infantil.

Maestro: Esp. Educación Musical.

Maestro: Esp. Educación Primaria.

Maestro: Esp. Lengua Extranjera.

Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales: Diplomado en Ciencias Empresariales.

Diplomado en Turismo.

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas.

Licenciado en Ciencias del Trabajo.

Escuela Politécnica Superior: Ingeniero Agrónomo (sólo el 2.º Ciclo).

Ingeniero en Informática (sólo 2.º Ciclo).

Ingeniero Técnico Agrícola, Esp. en Explotaciones Agropecuarias.

Ingeniero Técnico Agrícola, Esp. en Hortofruticultura y Jardinería.

Ingeniero Técnico Agrícola, Esp. en Industrias Agrarias y Alimentarias.

Ingeniero Técnico Agrícola, Esp. en Mecanización y Construcciones Rurales.

Ingeniero Técnico Industrial, Esp. en Mecánica.

Ingeniero Técnico en Informática de Gestión.

Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas.

Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud: Diplomado en Enfermería.

Diplomado en Fisioterapia.

CENTROS ADSCRITOS Escuela Universitaria de Relaciones Laborales: Diplomado en Relaciones Laborales.

UNIVERSIDAD DE CADIZ CENTROS PROPIOS Facultad de Ciencias: Licenciado en Enología.

Ingeniero Químico.

Licenciado en Matemáticas.

Licenciado en Química.

Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales: Licenciado en Ciencias Ambientales.

Licenciado en Ciencias del Mar.

Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales: Diplomado en Ciencias Empresariales.

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas.

Facultad de Ciencias del Trabajo: Diplomado en Relaciones Laborales.

Licenciado en Ciencias del Trabajo.

Página núm. 15 Facultad de Derecho: Licenciado en Derecho.

Facultad de Filosofía y Letras: Licenciado en Filología Arabe.

Licenciado en Filología Clásica.

Licenciado en Filología Francesa.

Licenciado en Filología Hispánica.

Licenciado en Filología Inglesa.

Licenciado en Historia.

Licenciado en Humanidades.

Licenciado en Lingüística.

Facultad de Medicina: Licenciado en Medicina.

Facultad de Ciencias Náuticas: Diplomado en Máquinas Navales.

Diplomado en Navegación Marítima.

Diplomado en Radioelectrónica Naval.

Licenciado en Máquinas Navales.

Licenciado en Náutica y Transporte Marítimo.

Licenciado en Radioelectrónica Naval.

Escuela Universitaria de Enfermería y Fisioterapia: Diplomado en Enfermería.

Diplomado en Fisioterapia.

Escuela Universitaria de Enfermería: Diplomado en Enfermería.

Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación: Diplomado en Ciencias Empresariales.

Diplomado en Gestión y Administración Pública.

Diplomado en Turismo.

Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas (sólo el 2.º Ciclo).

Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Naval: Ingeniero Técnico Naval, Esp. en Estructuras Marinas.

Ingeniero Técnico Naval, Esp. en Propulsión y Servicios del Buque.

Escuela Superior de Ingeniería: Ingeniero en Informática (sólo el 2.º Ciclo).

Ingeniero en Organización Industrial.

Ingeniero Técnico en Informática de Gestión.

Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas.

Ingeniero Técnico Industrial, Esp. en Electricidad.

Ingeniero Técnico Industrial, Esp. en Electrónica Industrial.

Ingeniero Técnico Industrial, Esp. en Mecánica.

Escuela Politécnica Superior: Ingeniero Industrial (sólo el 2.º Ciclo).

Ingeniero Técnico de Obras Públicas, Esp. en Construcciones Civiles.

Ingeniero Técnico de Obras Públicas, Esp. en Hidrología.

Ingeniero Técnico de Obras Públicas, Esp. en Transporte y Servicios Urbanos.

Ingeniero Técnico Industrial, Esp. en Electricidad.

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