DECRETO 259/2002, de 15 de octubre, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la Hacienda Ibarburu, en Dos Hermanas (Sevilla).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 259/2002, de 15 de octubre, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la Hacienda Ibarburu, en Dos Hermanas (Sevilla).

  1. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, y el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

    Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1, a este último dicha declaración.

  2. La Hacienda Ibarburu, en Dos Hermanas (Sevilla), constituye un magnífico ejemplo del tipo arquitectónico de las haciendas de olivar del ámbito sevillano. Su conjunto de edificaciones puede apreciarse como un elemento que configura el propio paisaje rural en el que está inserta.

    Sus orígenes se remontan al siglo XVII, si bien su período constructivo más importante, el que la conformó definitivamente como hoy la conocemos, pertenece a la segunda mitad del siglo XVIII, época que otorgó al conjunto su carácter barroco-clasicista. Junto a este lenguaje académico, el conjunto presenta muestras de la tradición arquitectónica local en las técnicas constructivas de las naves destinadas a la transformación de la materia prima, en los pilares de ladrillo y mampuesto, los arcos del mismo material y las cubiertas de madera en artesa o en colgadizo.

    El uso de la almagra en todas las fachadas del inmueble, otorgándole un color rojizo que la destaca en el paisaje de forma llamativa, la singulariza y distingue del conjunto de haciendas cercanas.

  3. Por Resolución de 25 de febrero de 1983, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 16 de abril de 1983, la Dirección General de Bellas Artes y Archivos del Ministerio de Cultura acuerda tener por incoado expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor de la hacienda Ibarburu, en Dos Hermanas (Sevilla), según el artículo 14 de la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, siguiendo con la tramitación establecida en dicha Ley; el Decreto de 16 de abril de 1936, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Tesoro Artístico Nacional, y en el Decreto de 22 de julio de 1958, por el que se crea la categoría de Monumentos provinciales y locales, de acuerdo...

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