DECRETO 205/1992, de 10 de diciembre, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Paradas (Sevilla) para adoptar su escudo heráldico municipal. 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento de Paradas (Sevilla) ha estimado oportuno adoptar su Escudo Heráldico Municipal, a fin de perpetuar en él los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico. A tal efecto, y con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, y de conformidad con los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento Pleno en sesiones celebradas los días 3 de mayo de 1989 y 4 de mayo de 1992, elevó a esta Consejería de Gobernación, para su definitiva aprobación, el correspondiente proyecto y memoria descriptiva del mismo.

El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley de Bases del Régimen Local y en los artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, y con el informe preceptivo emitido por la Real Academia de la Historia, en sesión celebrada el día 20 de junio de 1992.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía, confiere competencias a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Administración Local.

En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión...

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