DECRETO 205/1995, de 29 de agosto, por el que se autoriza a impartir las Enseñanzas de la Licenciatura en Investigación y Técnicas de Mercado, en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, adscrita a la Universidad de Córdoba. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyDecreto

La Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales (E.T.E.A.), adscrita a la Universidad de Córdoba, ha solicitado autorización para impartir en dicha Facultad la

Licenciatura en Investigación y Técnicas de Mercado. El Consejo Social de la citada Universidad, acogiendo dicha petición, acordó solicitar a la Junta de Andalucía a través de la Consejería de Educación y Ciencia su tramitación ante el Consejo de Gobierno.

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo

19.1, atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades en el ámbito de sus competencias.

Por otra parte, la Ley 1/1992, de 21 de mayo, de Coordinación del Sistema Universitario regula en el capítulo 2 del Título III, los requisitos que deben de observarse para la creación, modificación y supresión de centros y ampliación de estudios, a cuyas prescripciones se ajusta el presente Decreto.

En su virtud, previo informe del Consejo Andaluz de Universidades, a propuesta de la Consejera de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de agosto de 1995.

D I S P O N G O

Artículo 1 º Se autoriza a impartir las Enseñanzas de la licenciatura en Investigación y Técnicas de Mercado en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales adscrita a la Universidad de Córdoba.
Artículo 2 º Las enseñanzas autorizadas se impartirán conforme al plan de estudios que apruebe la Universidad de Córdoba y homologue el Consejo de Universidades de conformidad con lo que establece el artículo 29 de la Ley de Reforma Universitaria y los Estatutos de dicha Universidad .

DISPOSlClONES FINALES

  1. Se faculta a la Consejería de Educación y Ciencia...

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