DECRETO 245/1987, de 14 de octubre, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Castril (Granada), para adoptar su Escudo Heráldico Municipal.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

El Ilmo. Ayuntamiento de Castril (Granada) ha estimado oportuno adoptar el Escudo Heráldico que, en parte y de forma tradicional, viene usando como propio el Municipio a fin de perpetuar en él los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico. A tal efecto, y de acuerdo con las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesiones celebradas los días 3 de febrero de

1983 y 6 de agosto de 1985, elevó a esta Consejería para su definitiva aprobación proyecto y memoria descriptiva del mismo. El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y en los artículos 300, 301 y 302 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales de 17 de mayo de 1952, vigentes en el momento de la adopción del acuerdo por parte de la Corporación, visto el informe preceptivo emitido por la Real Academia de la Historia.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en relación con el apartado 3.1 del Real Decreto 3315/1983 de 20 de julio, confiere competencias a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de otorgamiento a las Corporaciones Locales de lema, honores y distinciones. En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 16.8 de la Ley

6/1983 de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 14 de octubre de mil novecientos ochenta y siete.

D I S P O N G O:

Artículo 1º Se autoriza al Ilmo

Ayuntamiento de Castril (Granada) para adoptar su Escudo Heráldico que quedará organizado en la forma siguiente: "Escudo de sinople, trayendo en escudete, tronchado 1º de plata, león rampante de gules, 2º, de plata también, los dos bastones de Sinople, puestos en situación de banda, y el escudete sumado de una torre de plata, mazonada y aclarada de sable, y acostada de dos torres donjonadas del mismo metal. Al timbre Corona Real cerrada.

Artículo 2º Comunicar el presente Decreto al Ilmo

Ayuntamiento de Castril (Granada).

Artículo 3º Publicarlo en el Boletín...

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