DECRETO 76/2004, de 24 de febrero, por el que se atribuyen a la Dirección General de Organización de Procesos y Formación, las funciones asignadas al Comité de Investigación con Preembriones Humanos.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE SALUD
Rango de LeyDecreto

DECRETO 76/2004, de 24 de febrero, por el que se atribuyen a la Dirección General de Organización de Procesos y Formación, las funciones asignadas al Comité de Investigación con Preembriones Humanos.

La Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en su artículo 79 atribuye a la Consejería de Salud, entre otras funciones, la de fomentar la investigación, y el Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, en el artículo 8.2.k) atribuye a la Dirección General de Organización y Formación la definición de las líneas de investigación prioritarias de la Consejería de Salud.

La Ley 7/2003, de 20 de octubre, por la que se regula la investigación en Andalucía con preembriones humanos no viables para la fecundación in vitro, crea en el artículo 6 el Comité de Investigación con Preembriones Humanos como órgano colegiado adscrito a la Consejería de Salud. A este órgano se le asignan las funciones de autorizar los proyectos de investigación con preembriones sobrantes de las técnicas de fecundación in vitro, garantizar el cumplimiento de las condiciones en que los donantes debe prestar el consentimiento informado, así como establecer la trazabilidad de los mismos y mantener una base de datos en la que figurará, entre otros, el objeto de la investigación, el número de preembriones utilizados y el período de validez de la autorización del proyecto.

La citada Ley 7/2003, de 20 de octubre, es desarrollada por el Decreto 364/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la organización, composición y funcionamiento del Comité de Investigación con Preembriones Humanos y el procedimiento de autorización de los proyectos y centrosde investigación con preembriones sobrantes de las técnicas de fecundación.

Por otra parte, la Ley 45/2003, de 21 de noviembre, por la que se modifica la Ley 35/1988, de 22 de noviembre, sobre Técnicas de Reproducción Asistida, única norma de rango legal aplicable mientras se encuentra suspendida la Ley autonómica, es desarrollada por el Real Decreto 176/2004, de 30 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa.

El Presidente del Gobierno interpuso recurso de inconstitucionalidad contra la Ley autonómica invocando al efecto el artículo 161.2 de la...

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