DECRETO 275/1998, de 22 de diciembre, por el que se atribuyen competencias sancionadoras en materia sanitaria en el ámbito de la Consejería de Salud.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE SALUD
Rango de LeyDecreto

DECRETO 275/1998, de 22 de diciembre, por el que se atribuyen competencias sancionadoras en materia sanitaria en el ámbito de la Consejería de Salud.

La Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en su artículo 27.2 otorga al Consejero de Salud competencia para imponer multas en el ámbito sanitario, estableciendo en el apartado 3 del citado artículo la posibilidad de desconcentrar esta competencia en órganos inferiores.

Por su parte, el artículo 12.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que la titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes de aquéllos, en los términos y con los requisitos que prevean las propias normas de atribución de competencias.

Mediante la desconcentración de la competencia para imponer sanciones en los órganos administrativos señalados en este Decreto, se pretende acercar los centros de decisión a los administrados para así hacer efectivo los principios constitucionales de eficacia y eficiencia de la actividad de la Administración.

Por otra parte, también se considera conveniente para la adecuada tramitación de los procedimientos sancionadores la determinación de los órganos y unidades administrativas de la Consejería de Salud a los que corresponde iniciar e instruir los mismos, de conformidad con lo previsto en el Título IX de la Ley de Régimen...

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