Decreto 47/83 de 9 de Marzo, por el que se asignan a la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes, las competencias transferidas por la Administración del Estado en materia de ferias Internacionales, Comercio Interior y Cámaras de Comercio, Industria y Navegación. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Turismo, Comercio y Transportes
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 4109/82 de 29 de Diciembre, transfiere a la Junta de Andalucía, competencias y funciones de la Administración del Estado en materia de Ferias Internacionales, Comercio Interior y Cámaras de Comercio, Industria y Navegación.

Ello obliga a asignar a la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes el ejercicio de las facultades traspasadas, en razón a la naturaleza y contenido de tales competencias transferidas, sin perjuicio de su posterior distribución administrativa entre sus propios órganos y dependencias.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Turismo, Comercio y Transportes, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de Marzo de 1983.

DISPONGO

Artículo único Se asignan a la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes los servicios transferidos a la Junta de Andalucía por el Real Decreto 4109/82 de 29 de Diciembre, en materia de Ferias Internacionales, Comercio Interior y Cámaras Oficiales ae Comercio, Industria y Navegación.

Sevilla, 9 de Marzo de 1983.

RAFAEL ESCUREDO RODRIGUEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JUAN MANUEL CASTILLO MANZANO

Consejero de Turismo, Comercio

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