DECRETO 146/1984, de 22 de mayo de asignación de atribuciones en el Director General de Investigación y Extensión Agrarias.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyDecreto

Las competencias, funciones y servicios transferidos a la Junta de Andalucía en materia de Extensión Agraria por Decreto 3490/1981 de 29 de diciembre y las aprobadas por Decreto 3413/1983 de 28 de diciembre sobre investigación agraria, actividades administrativas que se complementan, correspondían a dos Organismos Autónomos de la Administración Central del Estado, con estructura y funcionamiento diferentes.

Al integrarse esta actividad, bienes y servicios en una unidad administrativa centralizada de la Comunidad Autónoma como es la Dirección General de Investigación y Extensión Agraria, se ha planteado la necesidad de la adaptación de dos Organismos institucionales, a la nueva situación organizativa al mismo tiempo que se agilizan los trámites, dejando la intervención de los servicios comunes u horizontales de la Consejería a lo que estrictamente se considera necesario u ordena la legalidad vigente.

Para cumplir esta función se ha creado por Decreto 63/1984 de 27 de marzo, dentro de la indicada Dirección General el Servicio de Administración General, que constituirá el órgano de apoyo para la ejecución de las funciones que por el presente Decreto a dicha Dirección General se atribuyen.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca, aprobación de la Consejería de la Presidencia y deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 22 de mayo de 1984,

DISPONGO:

Artículo 1º Sin perjuicio de las funciones que tiene conferidas por Decreto

144/1982 de 3 de noviembre se asignan a la Dirección General de Investigación y Extensión Agrarias, en el ámbito de su competencia las siguientes atribuciones:

  1. Estudios e informes previos de las disposiciones de carácter general de rango igual o superior a Orden del Consejero, sin perjuicio del preceptivo informe de la Secretaría General Técnica y elaboración posterior por los órganos competentes.

  2. Propuesta de pagos, recepción de obras y nombramientos de los miembros de la comisión de recepción en los contratos administrativos de obras, gestión de servicios y suministro, así como...

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