Decreto 333/2011, de 2 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 137/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE
Rango de LeyDecreto

El Decreto 137/2010, de 13 de abril, aprueba la actual estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, que en el área de turismo cuenta con dos direcciones generales, la de Planificación y Ordenación Turística y la de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística.

La presente modificación responde a la necesidad de la Consejería de contar con una estructura que, con el nivel orgánico adecuado, complemente la acción de la persona titular de la misma en un ámbito cuya importancia resulta esencial para el desarrollo económico de Andalucía, por su tamaño e incidencia en el empleo, por su potencial de crecimiento y recuperación, y respecto del que se desarrollan atribuciones que constituyen un bloque competencial asumido con carácter exclusivo, de naturaleza muy homogénea y que tiene importantes conexiones con otros ámbitos competenciales.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 24.1 y 76.2.g) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 27.19 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Turismo, Comercio y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 2 de noviembre de 2011,

DISPONGO

Artículo único Modificación del Decreto 137/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

El Decreto 137/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, se modifica en los siguientes términos:

Uno. El artículo 2 pasa a tener la siguiente redacción:

1. La Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, bajo la superior dirección de su titular, se estructura para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos directivos:

a) Viceconsejería.

b) Secretaría General para el Turismo, con nivel orgánico de Viceconsejería.

c) Secretaría General para el Deporte, con nivel orgánico de Viceconsejería.

d) Secretaría General Técnica.

e) Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo.

f) Dirección General de Comercio.

g) Dirección General de Planificación y Promoción del Deporte.

2. En cada provincia existirá una Delegación Provincial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, correspondiendo a la persona titular de la misma, además de las funciones que contempla el artículo 39 de la Ley 9/2007, de 22...

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