DECRETO 180/2005, de 26 de julio, por el que se modifica el Decreto 149/2003, de 10 de junio, por el que se aprueba el Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2007, y se regulan las actuaciones contempladas en el mismo.

Sección1. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 180/2005, de 26 de julio, por el que se modifica el Decreto 149/2003, de 10 de junio, por

el que se aprueba el Plan Andaluz de Vivienda y Suelo

2003-2007, y se regulan las actuaciones contempla

das en el mismo.

Andalucía ha sido desde siempre un país de ciudades.

Hoy día, nuestra Comunidad Autónoma es una de las regiones más urbanas de Europa, puesto que el 95% de la población vive en núcleos urbanos de más de 2.000 habitantes. Además se han configurado nueve áreas metropolitanas en torno a las capitales de provincia y al Campo de Gibraltar, con población de entre 300.000 y 2.000.000 de residentes, donde se genera las dos terceras partes de la producción económica de Andalucía.

La Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, gestiona una serie de políticas fundamentales para la convivencia ciudadana en los entornos urbanos, como son la ordenación territorial y urbanística y la vivienda, tanto en lo referido en las de nueva planta como en la rehabilitación o al fomento del alquiler.

Este bloque de políticas cobra así gran importancia en el proceso de construcción de las modernas ciudades y áreas metropolitanas andaluzas del siglo XXI, donde los ciudadanos encuentren satisfechas sus necesidades de vivienda, de servicios y de equipamientos para elevar su calidad de vida, a la vez que desarrollan sus actividades productivas con posibilidades de comunicación y movilidad por el territorio y sus ciudades, todo ello en sintonía con el medio ambiente.

Los instrumentos legislativos básicos que se han puesto en marcha son:

- La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, aprobada en diciembre de 2002, y su desarrollo reglamentario.

- El Proyecto de Ley de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, aprobado por el Consejo de Gobierno el 17 de mayo de 2005, que incluye también medidas para reforzar la disciplina urbanística.

- El Anteproyecto de Ley de Calidad de la Vivienda, actualmente en tramitación.

- Las diversas normas para el fomento del alquiler ya aprobadas por el Consejo de Gobierno.

- La modificación del IV Plan Andaluz de Vivienda y Suelo que es objeto del presente Decreto.

1. Nuevo Plan Estatal de Vivienda 2005-2008.

El Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008 para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda, contribuye al triple objetivo de un desarrollo urbano sostenible: por un lado, la consecución de la calidad y conservación medioambiental, evitando el despilfarro de los recursos naturales; por otro de la equidad y prevención de la exclusión social; y finalmente, de la eficiencia y productividad de la economía. Estos objetivos, en su conjunto, contribuyen a mejorar, de manera integral, la calidad de vida de todos los ciudadanos.

Este nuevo plan gira alrededor de los siguientes ejes estratégicos:

En primer lugar, el objetivo prioritario es que la vivienda protegida amplíe su peso en el conjunto de los mercados de vivienda, como instrumento para la mejor satisfacción de las necesidades de los ciudadanos que no pueden acceder,

mediante esfuerzos razonables, a los mercados de vivienda libre.En segundo lugar, contribuir a un mayor equilibrio entre las formas de tenencia, fomentando el alquiler hacia una equiparación con la propiedad, y promoviendo la movilización del parque de viviendas desocupadas para el alquiler.

En tercer lugar, se impulsa, como parte fundamental de la política de vivienda, un conjunto de actuaciones en materia de suelo edificable destinado preferentemente a viviendas protegidas.

En cuarto lugar, aunque el plan tiene un alcance universal se dirige específicamente a los colectivos con mayores dificultades para acceder a una vivienda digna.

En quinto lugar, promueve la adaptación de las tipologías de viviendas a las necesidades de las familias, adecuándolas a las nuevas formas de vida, a las actuales estructuras familiares, y a las mayores necesidades de accesibilidad de mayores y personas con discapacidad.

2. La vivienda protegida.

La mayoría de los pueblos y ciudades andaluzas están en un proceso de revisión de planeamiento. En sus previsiones está el logro de alcanzar el desarrollo de una ciudad equilibrada que en sus ampliaciones urbanas necesitará incorporar las reservas de suelo para vivienda protegida atendiendo la demanda de amplias capas sociales que quieren acceder a su primera vivienda y no pueden acceder al mercado libre, debido al incremento de los precios. En las áreas metropolitanas andaluzas y municipios del litoral es donde existe una mayor demanda de vivienda protegida.

Hasta hace unos años las Administraciones Públicas, fundamentalmente, fomentaban la construcción de viviendas protegidas mediante ayudas públicas. Ahora, además de estas ayudas, resulta imprescindible una fuerte intervención pública en el mercado del suelo, a través de la legislación urbanística y conseguir una mayor oferta de estas viviendas.

El Proyecto de Ley de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, viene precisamente a dar solución a este problema generalizado, con la reserva del 30% de los suelos residenciales para vivienda protegida en todos los municipios de Andalucía. También desarrolla un conjunto de medidas para la ampliación del patrimonio público del suelo, específicamente dota de capacidad a la Empresa Pública de Suelo para ser titular del Patrimonio Autonómico de Suelo. Además de la repercusión que esta medida pretende tener en el incremento de la oferta de suelo con destino a la construcción de viviendas protegidas, es también su objetivo incidir desde la iniciativa autonómica en el desarrollo cualificado de sectores residenciales específicos de las principales áreas metropolitanas de Andalucía, reforzando a la iniciativa municipal.

Mediante estas actuaciones se persigue la promoción de proyectos residenciales, que incorporen grandes promociones de viviendas protegidas. Con estos proyectos se pretende apuntar propuestas integrales de nuevas tipologías urbanas y residenciales, más sostenibles y cualificadas, que respondan con espíritu innovador a las nuevas formas de vida de los ciudadanos andaluces del siglo XXI. En este sentido el presente Decreto refuerza las ayudas para ampliar los Patrimonios Públicos de Suelo.

Las actualizaciones de los precios de venta de las viviendas protegidas y la ampliación de los límites de ingresos de los potenciales beneficiarios de estas viviendas, responden al objetivo de ampliar y segmentar la oferta para así dar respuesta, en igualdad de oportunidades, a una demanda de viviendas protegidas, que se muestra diversa e integrada por amplios sectores de la población andaluza.

Se introducen nuevas figuras de viviendas protegidas que pretenden facilitar la formación de una oferta amplia de las citadas viviendas, contando para ello con la iniciativa privada, de manera que se incida y corrija el actual mercado de la vivienda, garantizándose una distribución equitativa de los recursos públicos y potenciando la oferta dirigida fundamentalmente a los jóvenes.

3. Fomento del alquiler.

Mediante las medidas puestas en marcha por la Junta de Andalucía para el fomento del alquiler, se pretende, de una parte, facilitar la emancipación de los jóvenes andaluces y su integración en la vida laboral, propiciando su movilidad geográfica. A la vez, se pretende incidir en la salida al mercado del alquiler de una parte de las 700.000 viviendas principales vacías existentes en Andalucía. Para de esta manera, poner en uso viviendas que ya han consumido suelo urbanizado, materiales y recursos, y por lo tanto incidir en un desarrollo más eficiente y sostenible de nuestras ciudades.

Para ello se han regulado las Agencias de Fomento del Alquiler como entidades colaboradoras de la Administración Pública. Estas agencias cumplen la función de intermediación durante toda la vida del contrato de arrendamiento, dando solución a los problemas que puedan surgir entre inquilinos y propietarios y facilitándoles la obtención de las ayudas puestas en marcha.

Una de las novedades introducidas es la promoción de viviendas en alquiler con la posibilidad de opción de compra, con lo que se asegura a los inquilinos de las viviendas un precio tasado para una futura adquisición más asequible.

Se crea la nueva figura de Viviendas de Iniciativa Municipal y Autonómica en alquiler, dirigidas a un segmento de población más amplio que el anterior por lo que aumentará la oferta de viviendas en este régimen de tenencia.

4. La rehabilitación.

La recuperación residencial de los centros históricos, en el marco de actuaciones integrales que también persiguen la recuperación patrimonial, urbanística, económica y social de estos ámbitos urbanos, constituye la base de la estrategia puesta en marcha a través de las Areas de Rehabilitación Concertada. Se trata de revitalizar el potencial residencial de los centros históricos mediante la aplicación intensiva de los instrumentos de rehabilitación, con el objetivo puesto en conseguir homologar los estándares de calidad de vida de los habitantes de la ciudad histórica a los de otros sectores de la ciudad.

Esto supone la necesidad de coordinar desde una perspectiva integral, las actuaciones en materia de rehabilitación de vivienda con aquellas otras encaminadas a dotar de nuevos equipamientos y servicios a estos sectores de la ciudad. De manera que, a la vez que se preservan los valores patrimoniales de los centros históricos, que lo son también del conjunto de la ciudad, se...

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