DECRETO 116/1991, de 4 de junio, por el que se modifican los medios adscritos a los Servicios de las Diputaciones Provinciales de Almería, Cádiz, Granada, Huelva, Jaén y Sevilla, traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de salud. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

El Decreto 127/1990, de 2 de mayo, aprobó el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Junta de Andalucía-Diputaciones Provinciales, de

2 de abril de 1990, en el que, al amparo de las normas estatutarias legales, se traspasaban a dicha Comunidad Autónoma funciones y servicios de las Diputaciones Provinciales de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén y Sevilla en materia de Salud.

Comprobadas determinadas omisiones y errores en el Anexo al citado Decreto así como en las relaciones adjuntas al mismo, la Comisión Mixta prevista en la Disposición Adicional Primera de la Ley 11/1987, de 26 de diciembre adoptó, en su reunión del día 12 de febrero de 1991 la modificación del referido Anexo y relaciones en los términos que se aprueben mediante el presente Decreto.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Gobernación y de Salud, de acuerdo con el Consejo Andaluz de Provincias y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de junio de 1991,

DISPONGO

Artículo primero Corregir las omisiones producidas en los apartados G) e I) del Anexo del Decreto 127/1990, de 2 de mayo (BOJA de 1 de junio) en los siguientes términos:

Página 4.333:

En el párrafo primero del apartado G), donde dice: "El coste efectivo por servicios traspasados, se eleva con carácter provisional a ........................ptas."

Debe decir:

"El coste efectivo, por servicios traspasados, será el total de la suma de los mismos correspondientes a cada una de las...

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