ORDEN de 24 de octubre de 2007, por la que se regula la adhesión de municipios andaluces al Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyOrden

ORDEN de 24 de octubre de 2007, por la que se regula la adhesión de municipios andaluces al Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21.

P R E Á M B U L O

El Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21 constituye un instrumento de apoyo y gestión de la Administración de la Junta de Andalucía para diseñar y planificar estrategias y directrices sobre medio ambiente urbano, cooperar con las Administraciones Locales e impulsar nuevos modelos de participación ciudadana con el fin último de mejorar la calidad de vida en las ciudades andaluzas.

La Consejería de Medio Ambiente impulsa el Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21 con el fin de promover y estimular el compromiso de sostenibilidad de las Administraciones Locales, en un contexto de cooperación y colaboración interadministrativa, articulado en torno a un proyecto de trabajo en red entre municipios, que incluye como una de sus actuaciones más destacadas la promoción, apoyo y cooperación activa en el diseño, formulación y desarrollo de la Agenda 21 Local de los municipios.

A partir de las conclusiones de los diagnósticos ambientales municipales, elaborados con ocasión de las Agendas 21 locales que reflejan la realidad económica, social y ambiental de las ciudades y pueblos andaluces, la Administración de la Junta de Andalucía está articulando una serie de programas y proyectos que promuevan por parte de los municipios la aplicación de criterios de sostenibilidad ambiental en la gestión del territorio.

En este contexto, se considera de gran trascendencia regular el procedimiento de adhesión al Programa, así como establecer unos requisitos inspirados en principios y valores generales reconocidos comúnmente como propios de una gestión sostenible.

En su virtud, en uso de las facultades que tengo conferidas por el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

D I S P O N G O

Artículo 1 Objeto.

Es objeto de la presente Orden regular los requisitos y el procedimiento de adhesión de los municipios andaluces al Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21.

Artículo 2 Requisitos.

Podrán optar a la adhesión al Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21 todos aquellos municipios con población superior a cinco mil habitantes que, cumpliendo los requisitos establecidos y siguiendo el procedimiento regulado en esta Orden, así lo soliciten formalmente.

Artículo 3 Principios de relación.

Los acuerdos, compromisos, protocolos o cualquier otra forma de relación entre la Administración Local y la Administración de la Junta de Andalucía en razón del Programa se regirán por los principios de cooperación y colaboración interadministrativa, así como el de lealtad institucional, conforme se establece en el artículo 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen...

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