DECRETO 80/1985, de 17 de abril, por el que establece el programa de actuaciones en el sector vitivinícola de Montilla-Moriles.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyDecreto

La grave crisis económica que afecta desde hace años a la zona vitivinícola Montilla-Moriles ha tenido unas consecuencias negativas para todo el conjunto del sector. En lo que se refiere al viñedo, el excedente de producción de uva que no puede canalizarse por la vía normal de crianza que exige el producto típico, amparado en la Denominación de Origen Montilla-Moriles, ha supuesto un deterioro general de los precios de la misma en los últimos años que ha llevado a una reducción desordenada de la superficie del cultivo. Este proceso ha ido en detrimento de las zonas productoras de mayor calidad, en general de menor producción unitaria, que son precisamente las que desde antiguo, han dado fama y prestigio a los vinos de esta comarca.

En el sector bodeguero, la crisis también ha producido una serie de efectos negativos entre los que destacan el deterioro de las prácticas de vendimia y vinificación y la dificultad de incorporar las técnicas enológicas modernas.

Por otra parte, la falta de una Estación Enológica, vieja aspiración de la zona, ha impedido el desarrollo de la investigación y experimentación de las técnicas más idóneas, así como la formación de especialistas para la divulgación de la moderna tecnología.

Habiéndose establecido por la Administración del Estado en el Real Decreto

275/84 de 11 de enero, un Plan de Reestructuración y Reconversión del Viñedo, que se aplicaría de modo específico a comarcas vitivinícolas, a iniciativa de las respectivas Comunidades Autónomas, la Junta de Andalucía considerando la problemática de crisis de la zona de Montilla-Moriles, y en base a lo que establecía dicho Real Decreto en sus artículos 3º y 4º, sometió a la Administración Central del Estado la propuesta de aplicación de dicho Plan a esta zona vitivinícola, a partir de un estudio de actuación en el sector realizado con el concurso de Organizaciones Profesionales Agrarias, Consejo Regulador de la Denominación de Origen y representantes de la industria bodeguera y Cooperativas vinícolas. En base a esta propuesta, el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, por Orden de

20 de febrero de 1985 (BOE de 5 de marzo), ha declarado zona de aplicación del Plan de Reestructuración y Reconversión del Viñedo la de Montilla-Moriles, estableciendo una serie de ayudas para los agricultores que se acojan a esta Plan.

Por parte de la Junta de Andalucía y de acuerdo con esta planteamiento general, resulta necesario establecer un programa global de actuaciones para la mejora de este sector vitivinícola, que recoja, por un lado, la aplicación del Plan de Reestructuración y Reconversión de su viñedo y por otro, la potenciación de la mejora tecnológica y capacitación del factor humano en este sector, mediante la creación de una Estación de Viticultura y Enológica en Montilla y el establecimiento de un programa de formación en vitivinícultura en el Centro de Capacitación y Experimentación Agraria de Cabra.

Asimismo y en apoyo de la generación de empleo en esta comarca se considera necesaria incentivar especialmente su desarrollo agroindustrial, disponiéndose para la misma los máximos niveles de ayuda que se establezcan en los planes sectoriales que desarrolla la Consejería de Agricultura y Pesca.

En su virtud...

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