Orden de 24 de febrero de 2010, por la que se aprueba la Carta de Servicios del Servicio Integral de Atención y Acogida a mujeres víctimas de violencia de género y menores a su cargo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL
Rango de LeyOrden

Visto el proyecto de la Carta de Servicios elaborada por la Dirección General de Violencia de Género, y de acuerdo con el informe favorable de la Dirección General Dirección General de Modernización e Innovación de los Servicios Públicos, en uso de la competencia que le confiere el artículo 7.1 del Decreto 317/2003, de 18 de noviembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, el sistema de evaluación de la calidad de los servicios y se establecen los Premios a la Calidad de los servicios públicos, modificado por el Decreto 177/2005, de 19 de julio,

DISPONGO

  1. Aprobar la Carta de Servicios del Servicio Integral de Atención y Acogida a mujeres víctimas de violencia de género y menores a su cargo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se incorpora como Anexo a la presente Orden.

  2. Ordenar la publicación de la presente Orden y de la Carta de Servicios del Servicio Integral de Atención y Acogida a mujeres víctimas de violencia de género y menores a su cargo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

  3. La presente Carta de Servicios tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

    Sevilla, 24 de febrero de 2010

    Micaela Navarro Garzón

    Consejera para la Igualdad y Bienestar Social

    ANEXO

    CARTA DE SERVICIOS DEL SERVICIO INTEGRAL DE ATENCIÓN Y ACOGIDA A MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y MENORES A SU CARGO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

  4. Aspectos generales.

    Las Cartas de Servicio son documentos que ponen en valor el principio de Buena Administración establecido en el Estatuto de Andalucía y en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

    El Servicio Integral de Atención y Acogida a mujeres víctimas de violencia de género y menores a su cargo que les acompañen en la Comunidad Autónoma de Andalucía (en adelante el Servicio Integral de Atención y Acogida) se gestiona por la Dirección General de Violencia de Género adscrita a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, tal y como establece el Decreto por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

    El Servicio Integral de Atención y Acogida ofrece una atención integral y de calidad a aquellas mujeres víctimas de violencia de género, que se ven en la necesidad de salir de sus hogares, prestándoles acogimiento temporal en establecimientos residenciales así como la atención necesaria durante su estancia en los mismos por parte de un equipo multidisciplinar formado por trabajadoras sociales, psicólogas, abogadas y auxiliares sociales. El Servicio se sustenta en tres niveles de atención, compuesto por la siguiente tipología de recursos, presentes en cada una de las provincias andaluzas:

    Centros de Emergencia: Son centros que prestan protección a las mujeres víctimas de violencia de género y menores que les acompañen, garantizándoles una acogida inmediata y una atención de emergencia las 24 horas del día, durante 365 días al año.

    Casas de Acogida: Son centros residenciales que ofrecen acogida a las mujeres y menores que les acompañen, garantizando una atención integral, programándose aquellas intervenciones sociales, psicológicas y jurídicas necesarias para que las mujeres sean capaces de superar la violencia padecida.

    Pisos tutelados: Son viviendas independientes para uso familiar, ubicadas en edificios y zonas normalizadas, destinadas a ofrecer una vivienda, con carácter temporal, a las mujeres víctimas de violencia de género y a los menores que las acompañen, cuando puedan vivir de forma independiente.

    El Servicio Integral de Atención y Acogida tiene como misión la atención inmediata de mujeres víctimas de violencia de género, así como el restablecimiento de sus derechos vulnerados por los actos de violencia contra su integridad física y emocional y la promoción de su autonomía.

    Estas actuaciones se desarrollan bajo determinados valores, entre los que destacan:

    1. Calidad y calidez en la atención y el trato a las mujeres.

    2. Capacidad de actuación y atención inmediata.

    3. Especialización de la prestación de servicios.

    4. Coordinación multidisciplinar en los diferentes planos de actuación.

    5. Coherencia en la atención.

    6. Respeto, escucha activa y refuerzo positivo ante las decisiones tomadas por parte de la mujer acogida.

    7. Aplicación de una comunicación empática.

    8. Realismo en los mensajes y la información ofrecida.

    9. Adecuación del lenguaje al nivel sociocultural de la mujer.

    A través de estos valores el Servicio Integral de Atención y Acogida aspira a ser un referente de calidad, eficacia y eficiencia en la atención a las mujeres victimas de violencia de género y en su recuperación integral, tanto para las propias mujeres y los menores a su cargo que les acompañen como para el resto de grupos de interés que colaboran en la lucha por la erradicación de la violencia de género: Instituciones, fuerzas y cuerpos de seguridad, órganos judiciales, etc.

    La presente Carta de Servicios informa sobre los compromisos adquiridos en la prestación del Servicio Integral de Atención y Acogida con respecto a las mujeres víctimas de violencia de género y a las personas dependientes de las mismas.

    La Dirección General de Violencia de Género es el órgano responsable de la elaboración, gestión, seguimiento y divulgación de la presente Carta de Servicios, así como de proponer su actualización o suspensión al órgano competente.

  5. Servicios prestados, compromisos e indicadores.

    Los servicios y los compromisos adquiridos para cada uno de ellos son:

    En Centros de emergencia

    Servicio prestado 1. Acogida y protección inmediata a mujeres víctimas de violencia de género, las 24 horas y durante los 365 días del año en un entorno que les garantice seguridad y bienestar.

    Compromisos de calidad.

  6. Atender en los centros de emergencia todos los casos de mujeres víctimas de violencia de género derivados desde los centros provinciales del Instituto Andaluz de la Mujer o del teléfono 900 200 999, en un plazo inferior a 24 horas

  7. Garantizar la disponibilidad de plazas en los centros de emergencia para atender la demanda que pueda existir.

    Servicio prestado 2. Atención de emergencia.

    Compromisos de calidad.

  8. Garantizar la atención social en el Centro de Emergencias en un plazo máximo de tres días desde su ingreso.

  9. Garantizar la atención psicológica a todas las mujeres atendidas en centros de emergencia que lo soliciten, o lo requieran a juicio del equipo técnico, en menos de 3 días.

    Servicio prestado 3. Valoración individual de los casos para realizar el diagnóstico-pronóstico.

    Compromisos de calidad.

  10. Elaborar un diagnóstico y valoración técnica de todas de las mujeres que ingresen en los centros de emergencia en un plazo de cinco días, siempre que la trabajadora social haya mantenido, al menos, una entrevista con ella.

    Servicio prestado 4. Salida o derivación de las mujeres que ingresan en los centros de emergencia hacia el destino más apropiado a cada caso, bien sea un recurso propio o externo al Servicio integral, o bien un domicilio normalizado.

    Compromisos de calidad.

  11. Derivar a las mujeres que ingresan en centros de emergencia hacía casas de acogida en un plazo de quince días, una vez que el equipo técnico haya valorado que se cumplen los requisitos necesarios para el traslado.

  12. Derivar a mujeres con problemáticas añadidas a la violencia de género a los recursos más apropiados para su caso en el menor plazo posible.

    En casas de acogida y pisos tutelados

    Servicio prestado 5. Establecimiento de un Plan Individual de Actuación en el que se recojan los objetivos personalizados a conseguir por la mujer durante su estancia en casas de acogida y pisos tutelados.

    Compromisos de calidad.

    8 Celebrar una reunión inicial entre una trabajadora social y la mujer, con el fin de identificar los objetivos sociales a conseguir durante la estancia de la mujer en la casa de acogida, en un plazo máximo de tres días desde su ingreso en el recurso.

  13. Celebrar una reunión inicial entre una abogada y la mujer, con el fin de identificar los objetivos jurídicos a conseguir durante la estancia de la mujer en la casa de acogida, en un plazo máximo de tres días desde su ingreso en el recurso.

  14. Celebrar una reunión inicial entre una psicóloga y la mujer, con el fin de identificar los objetivos psicológicos a conseguir durante la estancia de la mujer en la casa de acogida, en un plazo máximo de tres días desde su ingreso en el recurso.

  15. Iniciar un Plan Individual de Actuación para todas las mujeres antes de cinco días desde su ingreso en la casa de acogida.

  16. Revisar, en un plazo de tres días desde la entrada de una mujer en un piso tutelado, el Plan Individual de Actuación estableciendo objetivos adaptados a su nueva situación.

    Servicio prestado 6. Atención social: facilitar a todas las personas usuarias información, asesoramiento, y ayuda para gestionar el acceso a los recursos sociales, así como el apoyo para la adaptación a los centros y a la convivencia en los mismos.

    Compromisos de calidad.

  17. Escolarización inmediata de los menores en edad escolar que ingresen junto a la mujer en casas de acogida.

  18. Realizar las actuaciones necesarias para que la mujer alcance los objetivos sociales fijados en el Plan...

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