DECRETO 243/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Relaciones Institucionales.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 243/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Relaciones Institucionales.
El Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de las Consejerías de la Junta de Andalucía, crea, entre otras, la Consejería de Relaciones Institucionales.
A esta nueva Consejería le corresponden las competencias de la Consejería de Relaciones con el Parlamento, creada por
Página núm. 8.569 el Decreto del Presidente 536/1996, de 26 de diciembre, sobre reestructuración parcial de las Consejerías.
Resulta, por tanto, necesario establecer la estructura orgánica de la Consejería de Relaciones Institucionales, que sustituya a la actualmente vigente de la Consejería de Relaciones con el Parlamento, regulada por el Decreto 6/1997, de 14 de enero.
De conformidad con lo establecido en el artículo 26.12 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, corresponde al Consejo de Gobierno aprobar la estructura orgánica de las Consejerías.
En su virtud, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda y aprobación de la Consejería de Justicia y Administración Pública, a propuesta del Consejero de Relaciones Institucionales y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 31 de mayo de 2000,
DISPONGO
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Corresponde a la Consejería de Relaciones Institucionales las relaciones entre el Consejo de Gobierno y el Parlamento de Andalucía.
Específicamente se le atribuye la información, coordinación y asistencia al Consejo de Gobierno en sus relaciones con el Parlamento de Andalucía, así como el estudio, seguimiento y coordinación en fase parlamentaria del programa legislativo del Gobierno y el seguimiento de los compromisos adquiridos por el Gobierno en sede parlamentaria.
Asume la coordinación administrativa para el cumplimiento y realización de la actividad de control parlamentario del Ejecutivo y la comunicación e información a las distintas Consejerías en relación con la actividad parlamentaria, así como la asistencia a la Junta de Portavoces.
Le corresponde también la coordinación de las relaciones del Consejo de Gobierno con otros Parlamentos Autonómicos.
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Asume la coordinación de las competencias del Presidente de la Junta de Andalucía en las relaciones del Consejo de Gobierno con las Cortes Generales y, en particular, en lo referente a la Comisión General de las Comunidades Autónomas.
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La Consejería de Relaciones Institucionales asume el seguimiento de los convenios suscritos con otras Comunidades Autónomas para la gestión y prestación conjunta de servicios.
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Asume también la canalización de las iniciativas ciudadanas e institucionales que afecten a las relaciones del Consejo de Gobierno con el Parlamento.
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A la Consejería de Relaciones Institucionales le corresponde, sin perjuicio de las competencias de otras Consejerías, la programación, el diseño y la realización de estudios e investigaciones sobre temas andaluces.
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La Consejería de Relaciones Institucionales, bajo la dirección del titular del Departamento, ejerce las atribuciones que legal y reglamentariamente le corresponden, en virtud de lo establecido en la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a través de los siguientes Centros Directivos:
-Viceconsejería.
-Secretaría General de Relaciones con el Parlamento, con rango de Viceconsejería.
-Secretaría General Técnica.
-Dirección General de Coordinación Institucional.
-Dirección General de Estudios Andaluces.
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Del titular de la Consejería dependen directamente la Viceconsejería, la Secretaría General de Relaciones con el Parlamento...
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