DECRETO 187/2003, de 24 de junio, por el que se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Montes de Málaga.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

P R E A M B U L O

El Parque Natural Montes de Málaga se incluye en la franja litoral mediterráneo occidental, adquiriendo en el marco regional y provincial una función primordial como barrera protectora ante las inundaciones que el río Guadalmedina había ocasionado históricamente en la propia ciudad de Málaga, así como una misión, cada vez más importante, como receptor de las necesidades de esparcimiento de los habitantes de la ciudad, por lo que está orientado hacia una doble vocación, la forestal y la oferta de servicios complementarios de tipo recreativo. Este Parque Natural fue declarado como espacio natural protegido por la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.

Esta Ley destaca la importancia de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales como instrumentos de planificación que establecen el marco normativo adecuado para hacer posible el desarrollo sostenible dentro de su ámbito de aplicación, al permitir "preservar los recursos naturales de nuestra Comunidad Autónoma y, en especial, de los espacios naturales protegidos, en armonía con un planteamiento integral de su desarrollo económico".

Por otra parte, teniendo en cuenta que los recursos naturales son soportes físicos de una pluralidad de actuaciones, tanto públicas como privadas, en relación con las cuales existen diferentes títulos competenciales, los Planes de Ordenación de Recursos Naturales son instrumentos a través de los que se integra el medio ambiente en las demás políticas públicas sectoriales que tienen incidencia sobre los recursos naturales. De ahí que la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, al regular el contenido mínimo necesario que habrán de tener estos Planes, disponga que establecerán "los criterios de referencia orientadores en la formulación y ejecución de las diversas políticas sectoriales que inciden en el ámbito territorial".

En los Parques Naturales, los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales se desarrollan mediante los Planes Rectores de Uso y Gestión, instrumentos de planificación que tienen como función establecer la regulación específica de los usos y actividades en el espacio.

A través del presente Decreto se procede a aprobar el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Montes de Málaga, adaptados a las nuevas circunstancias ambientales y socioeconómicas que caracterizan el Parque Natural, así como al nuevo marco normativo y directrices políticas que, en materia de medio ambiente, se vienen desarrollando en el ámbito internacional y en el de la Unión Europea. En particular, con estos Planes se trata de hacer efectivo el principio orientador de estas políticas, el desarrollo sostenible, teniendo en cuenta los efectos y las experiencias puestas de manifiesto a lo largo de la vigencia de los Planes anteriores. Los citados Planes han sido elaborados por la Consejería de Medio Ambiente, informados por el Comité de Acciones para el Desarrollo Sostenible, la Junta Rectora del Parque Natural y el órgano competente en materia urbanística, sometidos a los trámites de audiencia a los interesados, información pública y consulta de los intereses sociales e institucionales implicados, incluidas las

Corporaciones Locales, y de las asociaciones que persiguen el logro de los principios establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo.

Asimismo, se ha dado cumplimiento a los demás trámites preceptivos para su aprobación por Consejo de Gobierno.

Por otra parte, de conformidad con los artículos 4 y

8.1 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, y a petición del Ayuntamiento de Colmenar, por acuerdo adoptado en sesión celebrada el 28 de junio de 2001, se procede mediante el presente Decreto a ampliar el ámbito territorial del Parque Natural Montes de Málaga, adicionando nuevos terrenos situados en la parte noroccidental del mismo, todos pertenecientes al término municipal de Colmenar. La superficie objeto de ampliación, que es de 28 hectáreas, reúne las características ecológicas adecuadas para ello y su incorporación cuenta con la autorización de los propietarios de los terrenos y con el informe favorable de la Junta Rectora del citado Parque

Natural, adoptado en su reunión de 29 de mayo de

2002.

Asimismo, los avances tecnológicos permiten disponer actualmente de nuevos productos cartográficos que ofrecen una visión más actualizada y detallada de la realidad territorial y de los diferentes elementos que la constituyen. Por ello, y con la pretensión de contribuir a la seguridad jurídica en cuanto a la delimitación territorial de este Parque Natural, mediante el presente Decreto se precisan literaria y gráficamente los límites establecidos para el mismo en la Ley 2/1989, de 18 de julio.

En su virtud, de conformidad con la legislación vigente, a propuesta de la Consejera de Medio

Ambiente de acuerdo con lo dispuesto en el art. 39.2 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y

Administración de la Comunidad Autónoma, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de

24 de jumio de 2003,

Desde el punto de vista poblacional y demográfico, el

Parque Natural se puede considerar un espacio prácticamente desierto, ya que los enclavados se corresponden con algunas ventas y edificaciones rurales de ubicación periférica, como son "El

Boticario", "Canillas de Jotrón" y "El Detalle", orientada al uso público. Por tanto, su titularidad pública y la no existencia de población en su interior, son aspectos que han contribuido a evitar los riesgos ocasionados por el poblamiento, como podrían ser la saturación de las infraestructuras energéticas, de residuos o de telefonía móvil, entre otros.

Desde el punto de vista funcional y económico es un territorio marginal, inserto dentro de un contexto metropolitano con una fuerte dinámica económica que se encuentra liderada por la ciudad de Málaga, en cuya costa se concentran las actividades estratégicas para la economía regional. Estos aspectos han determinado el tipo de integración de esta área con el resto de Andalucía y la evolución de la estructura del territorio a partir de la centralidad malagueña como zona estratégica, donde se ubican las principales instalaciones portuarias y un aeropuerto de intenso tráfico.

En lo que refiere a Casabermeja, ésta se halla más conectada a la zona norte de la provincia por las características de sus cultivos y el tipo de hábitat tradicional, a lo cual ha contribuido su ubicación geográfica, en el llamado corredor interior de

Colmenar, que conecta el arco montañoso del oeste con el del este de la provincia.

El grado de articulación en el interior de este territorio es escaso, ya que la red principal de comunicación es periférica al mismo. El tránsito se realiza a través de una amplia red de caminos cuyo uso es primordialmente recreativo y turístico. En general, unos 60 km de pistas no asfaltadas que pueden ser recorridas a pie o en vehículo en algunos tramos, identificadas por hitos y bandas coloreadas de azul, amarillo y marrón en árboles anexos, y que estructuran las distintas zonas del Parque Natural según sus respectivas ofertas didácticas.

Entre estos caminos se encuentra la vía pecuaria

Venta de Almácigas o de Olías, clasificada por

Resolución de la Secretaría General Técnica, de fecha

15 de noviembre de 2000, y cuyo recorrido transcurre en parte por el interior del Parque Natural, atravesando algunos de los hitos paisajísticos y patrimoniales más característicos, como son el camino que conduce al Refugio del Angel, algunos cortijos, casas y ventas como La Venta Garwey y El Lince.

El acceso al Parque Natural desde Málaga se realiza por la carretera comarcal MA-345, conocida también como "carretera de los montes", que parte del norte de la ciudad hacia Colmenar y sirve, a su vez, como nexo de unión de la red de carriles y pistas forestales que lo cruzan y comunican. También puede realizarse por la N-331 partiendo desde Málaga hacia

Casabermeja.

El análisis de la estructura del territorio revela la marginalidad del Parque Natural Montes de Málaga en el marco de las relaciones provinciales. Desde el punto de vista funcional, este espacio ha adquirido un papel de área descongestionadora de la propia ciudad de Málaga, estando orientado hacia una vocación fundamentalmente forestal y a la oferta de servicios complementarios de tipo recreativo.

2.5.2. Planes con Incidencia en el Territorio

Uno de los aspectos que más interesa conocer a la hora de valorar y/o predecir las incidencias de la población en el territorio, es la existencia de otros planes sectoriales en cuyo ámbito de aplicación se encuentra el Parque Natural y el análisis del grado de reconocimiento que éstos establecen respecto de sus valores, así como la implicación que tienen en materia de conservación de los recursos naturales.

En lo relativo a presión urbanística, la incidencia que las poblaciones podrían ejercer actualmente en el interior de este espacio es nula, ya que la totalidad de su ámbito se encuentra clasificado como Suelo No

Urbanizable por los instrumentos de planeamiento urbanístico vigentes.

En particular, la superficie de Parque Natural perteneciente al término municipal de Casabermeja aparece clasificada como Suelo No Urbanizable en las

Normas Subsidiarias (NNSS), aprobadas el 23 de abril de 1998. Además está catalogada por el Plan Especial de Protección del Medio Físico (PEPMF) como Espacio

Forestal de Interés Recreativo (FR-4 Guadalmedina).

Por su parte las Normas Subsidiarias (NNSS) de

Colmenar, aprobadas el 5 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR