Orden de 16 de octubre de 2012, sobre cierre del ejercicio presupuestario de 2012.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyOrden

Las distintas operaciones que integran la fase de ejecución del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía tales como la autorización de gastos, reconocimiento de obligaciones, realización de pagos o las modificaciones presupuestarias, se encuentran reguladas con carácter general en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en las leyes del Presupuesto de cada año. La mencionada regulación, no obstante, es preciso complementarla con una norma específica que contemple las operaciones que con motivo del cierre del ejercicio presupuestario deben ejecutarse durante este proceso de cierre debido a su trascendencia para la misma ejecución del Presupuesto. La finalidad de esta norma es encauzar de forma ordenada y eficaz el conjunto de estas operaciones que suponen el cierre del ejercicio presupuestario de 2012 y el comienzo del ejercicio de 2013, especificando las fechas límite de tramitación de cada una de las actuaciones, así como el traspaso de saldos al ejercicio siguiente.

De otro lado, y a fin de posibilitar el referido cierre, en esta misma norma se autoriza, de forma expresa, a la Intervención General de la Junta de Andalucía para la realización de determinadas operaciones contables, como las relativas a la minoración y reajuste de créditos no disponibles y a la consolidación del remanente de tesorería.

La estructura de la norma es similar a las órdenes dictadas en años anteriores para el cierre de los correspondientes ejercicios presupuestarios. Destacan como novedades, en primer lugar, las medidas para garantizar las operaciones de traspaso con el objeto de preservar los créditos para hacer frente a los compromisos ya adquiridos y en segundo lugar, una disposición referente a la obligación de inscripción en el Registro de Facturas y Fondos del Órgano Gestor de todas las obligaciones reconocidas pendientes de pago al cierre del ejercicio 2012, facilitando así su control y seguimiento posterior y potenciando los mecanismos establecidos para garantizar la transparencia de esta Administración Pública.

En su virtud y, en uso de las facultades que me han sido conferidas,

DISPONGO

Artículo 1 Ámbito de aplicación.

La presente norma será de aplicación a todas las operaciones que se describen, realizadas en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, sus agencias administrativas y sus agencias de régimen especial.

Artículo 2 Tramitación de las nóminas en el mes de diciembre de 2012.
  1. En las nóminas tramitadas a través del subsistema de Gestión de Nóminas del Sistema de Información de Recursos Humanos «SIRhUS» la fecha final de captura de incidencias de la nómina de diciembre de 2012 será el día 7 de dicho mes, debiendo finalizar su fiscalización por las Intervenciones Centrales, Delegadas o Provinciales correspondientes el día 11 del mismo mes y año.

    Dichas nóminas deberán aprobarse por los órganos gestores y ser presentadas en las correspondientes Intervenciones el día 14 de diciembre de 2012, debiendo quedar fiscalizadas y contabilizadas el día 18 de diciembre de dicho año.

  2. El resto de las nóminas se cerrarán el día 7 de diciembre de 2012 y se remitirán hasta el día 14 del mismo mes a las Intervenciones Centrales, Delegadas o Provinciales correspondientes, debiendo quedar fiscalizadas y contabilizadas el día 18 de diciembre de dicho año.

  3. Las nóminas mencionadas en los apartados anteriores serán satisfechas entre los días 19 y 31, ambos inclusive, de dicho mes.

Artículo 3 Expedición y tramitación de documentos contables de ingresos y de operaciones extrapresupuestarias.
  1. Hasta el día 10 de enero de 2013 deberá tener entrada en las respectivas Intervenciones la documentación necesaria, que deberán remitir los órganos gestores de ingresos y operaciones extrapresupuestarias, excepto la relativa a las devoluciones de ingresos, que será hasta el 28 de diciembre de 2012 para que se proceda a la contabilización y expedición de los documentos contables correspondientes antes del día 18 de enero de 2013.

  2. En lo que se refiere a los ingresos que deriven de la propia actividad de las Consejerías y órganos periféricos, se estará a lo dispuesto para las cuentas restringidas de ingresos en el artículo 5 del Reglamento General de Tesorería y Ordenación de Pagos, aprobado por Decreto 46/1986, de 5 de marzo.

  3. Los órganos gestores responsables de la aplicación de los saldos de las cuentas extrapresupuestarias incluidas en las agrupaciones 101 «Pendiente de aplicación origen tributario» y 102 Pendiente de aplicación origen no tributario, deberán tramitar a las respectivas Intervenciones las propuestas de documentos contables relativas a su formalización, procurando que los ingresos reflejados en las citadas cuentas queden regularizados al cierre del ejercicio 2012.

    Una vez cerrado el ejercicio, y con anterioridad al 31 de enero de 2013, los mencionados órganos gestores remitirán a la Intervención General un informe en donde se justifiquen las causas que hayan impedido la formalización de los saldos, en su caso, que hayan quedado pendientes en las mencionadas cuentas.

  4. La contabilización y expedición de los documentos contables relativos a las operaciones referidas en los apartados anteriores deberán finalizar el día 18 de enero de 2013.

Artículo 4 Expedición y tramitación de documentos contables de gastos y realización material del pago.
  1. Las propuestas de documentos de gestión contable «A» así como sus complementarios, tendrán entrada en las Intervenciones correspondientes, como fecha límite, hasta el día 15 de noviembre de 2012.

  2. La fecha de entrada en la Intervención de las propuestas de documentos de gestión contable «AD» y D, así como sus barrados y complementarios, será, como límite, el día 30 de noviembre de 2012, y deberán quedar fiscalizadas y contabilizadas el día 14 de diciembre de 2012.

    La fecha de entrada en la Intervención de las propuestas de documentos de gestión contable «A» barrados, deberá ser, como límite, el día 28 de diciembre de 2012.

    No obstante, las fechas establecidas en los párrafos anteriores relativas tanto a la entrada de propuestas de documentos como a su fiscalización y contabilización, se amplían para los supuestos siguientes:

    1. Hasta el día 18 de diciembre de 2012, en relación con aquellas propuestas de documentos de gestión contable «AD» y D, sus barrados y complementarios, correspondientes a gastos subvencionables con cargo a fondos de la Unión Europea, en los que su periodo de elegibilidad para la adquisición de compromisos de gastos finalice el día 31 de diciembre de 2012. Dichos gastos serán designados por la Dirección General de Fondos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR