Orden de 18 de noviembre de 2011, por la que se regula la concesión del Premio Comunidades Andaluzas, y se convoca el correspondiente al año 2011.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION Y JUSTICIA
Rango de LeyOrden

El Decreto 132/2010, de 13 de abril, establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia, asignándole la competencia de coordinar las políticas respecto a los andaluces y andaluzas en el mundo.

El premio Comunidades Andaluzas tiene una doble finalidad: de un lado, otorgar público reconocimiento a la labor de carácter social y cultural desarrollada por las Comunidades Andaluzas, Coordinadoras, Federaciones de Comunidades Andaluzas y Colectivos Andaluces de Personas Retornadas, tanto a nivel general como a nivel específico en materia de género o desde el área o vocalía de juventud; de otro, destacar la actuación a título personal e individual de aquellas personas consideradas por la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo, como personas andaluzas en el mundo o de personas andaluzas retornadas.

Los resultados positivos obtenidos de las diversas convocatorias aconsejan convocar una nueva edición del citado Premio, añadiendo dos nuevas modalidades a las que ya existían: la modalidad de género y la modalidad Persona Andaluza Retornada, dada la importancia que a estos dos ejes transversales les ha sido otorgado en el Primer Plan Integral de Andaluces y Andaluzas en el Mundo.

Corresponde a la Consejería de Gobernación y Justicia la promoción de la población andaluza en el mundo, mediante el reconocimiento de la excelencia de determinadas iniciativas desarrolladas por los andaluces en el exterior. La medida dispuesta para la consecución de este objetivo consiste en el establecimiento de nuevas modalidades de premios que potencien la imagen y el conocimiento de Andalucía y los Andaluces y Andaluzas en el Mundo.

Por lo expuesto, en el ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y de conformidad con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

Es objeto de la presente Orden regular el premio «Comunidades Andaluzas» que concede la Consejería de Gobernación y Justicia en las siguientes modalidades:

  1. Comunidad andaluza en el Mundo.

  2. Comunidad andaluza en el Mundo, proyectos innovadores en materia de Juventud.

  3. Comunidad andaluza en el Mundo, proyectos innovadores en materia de Género.

  4. Persona Andaluza en el Mundo.

  5. Persona Andaluza Retornada.

Artículo 2 Contenido de las modalidades del Premio y beneficiarios.
  1. El contenido de las distintas modalidades del Premio y sus beneficiarios serán los siguientes:

    1. Comunidad andaluza en el mundo. A la trayectoria y programación de actividades de carácter social y cultural, realizadas en los dos últimos años por las Comunidades Andaluzas, Coordinadoras y Federaciones de Comunidades Andaluzas, desde la fecha de publicación oficial de la correspondiente convocatoria. A la Comunidad Andaluza premiada, se le entregará un galardón y un diploma acreditativo.

    2. Comunidad andaluza en el mundo, proyectos innovadores en materia de Juventud. A la trayectoria y programación de actividades llevadas a cabo por las áreas o vocalías de la juventud de las Comunidades Andaluzas, Coordinadoras y Federaciones de Comunidades Andaluzas, durante los dos años anteriores a la presentación de la candidatura. A la Comunidad Andaluza premiada, se le entregará un galardón y un diploma acreditativo.

    3. Comunidad andaluza en el mundo, proyectos innovadores en materia de Género. A la trayectoria y programación de actividades en materia de género, realizadas en los dos últimos años por las Comunidades Andaluzas, Coordinadoras y Federaciones de Comunidades Andaluzas, desde la fecha de publicación oficial de la correspondiente convocatoria. A la Comunidad Andaluza premiada, se le entregará un galardón y un diploma acreditativo.

    4. Persona...

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