ORDEN de 19 de diciembre de 2007, por la que se fijan los precios públicos de publicaciones editadas por esta Consejería.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE
Rango de LeyOrden

ORDEN de 19 de diciembre de 2007, por la que se fijan los precios públicos de publicaciones editadas por esta Consejería.

La Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, con objeto de contribuir a la difusión y divulgación, tanto de estudios de contenido turístico, comercial y deportivo como de actuaciones vinculadas a las competencias que tiene asignadas, viene realizando una labor de edición de publicaciones destinadas a la distribución general y específica en las áreas de su competencia.

El Consejo de Gobierno, mediante Acuerdo de 10 de enero de 1989, determinó los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, autorizando a todas las Consejerías y Organismos Autónomos a la percepción de precios públicos por la venta de las ediciones que publiquen.

Una vez realizada por el Consejo de Gobierno tal determinación, la fijación y revisión de la cuantía de los precios públicos se efectuará, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 145.2 de la citada Ley, por Orden de la Consejería que los perciba.

La Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, en cumplimiento de los dispuesto en la Ley de Tasas y Precios Públicos, ha venido estableciendo la relación y cuantía de los precios públicos a percibir por las publicaciones susceptibles de venta, por medio de las distintas Órdenes publicadas, siendo preciso actualizar y completar la oferta editorial de la Consejería con las ediciones más actuales, no incluidas en aquellas disposiciones y fijar sus correspondientes cuantías, lo cual se efectúa mediante la presente Orden.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

D I S P O N G O

Artículo 1 Fijación de precios públicos.

El precio público por la venta de las publicaciones editadas por la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte relacionadas en el Anexo queda fijado en la cuantía que en el mismo se indica.

Disposición final única Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de diciembre de 2007

SERGIO MORENO MONROVÉ

Consejero de Turismo, Comercio y Deporte

A N E X O

T Í T U L O

PVP (euros) COLECCIÓN: LA

ORDENACIÓN JURÍDICA DEL COMERCIO Y DE...

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