Anuncio de 14 de junio de 2011, de la Delegación Provincial de Huelva, por el que se hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, las Ordenanzas y Normas Urbanísticas relativas a la aprobación definitiva del cum- plimiento de Resolución del Plan General de Ordenación Urbanística del término municipal de Aroche.

Sección5. Anuncios
EmisorConsejería de Obras Públicas y Vivienda
Rango de LeyAnuncio

Para general conocimiento se hace público el acuerdo que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Huelva, en su sesión de 14 de diciembre de 2010, adoptó en relación a la aprobación definitiva del cumplimiento de resolución del Plan General de Ordenación Urbanística del término municipal de Aroche (CP-026/2006).

En virtud de lo establecido en el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de 14 de diciembre de 2010, de la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, emitida por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sobre aprobación definitiva del cumplimiento de resolución del Plan General de Ordenación Urbanística del término municipal de Aroche (Anexo I).

- Ordenanzas Introductoras de Carácter General (Anexo II).

- Las Normas Urbanísticas del referente Instrumento de Planeamiento (Anexo III).

RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO (ANEXO I)

RESOLUCIóN DE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DEL CUM-PLIMIENTO DE RESOLUCIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE AROCHE (CP-026/2006)

Visto el expediente administrativo municipal incoado sobre la solicitud citada en el encabezamiento y en virtud de las competencias que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo tiene atribuidas por el Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, en relación con el Decreto 407/2010, de 16 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, en sesión celebrada el día 14 de diciembre de 2010, por unanimidad, dicta la presente Resolución conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Procedente del Ayuntamiento de Aroche, tuvo entrada en esta Delegación Provincial, sede de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, expediente administrativo municipal incoado referente al cumplimiento de resolución del Plan General de Ordenación Urbanística del citado municipio, ya que con fecha 14 de julio de 2009, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió resolución de suspensión de la aprobación definitiva de todos los sectores de suelo urbanizable salvo el Suelo Urbanizable Industrial SUS-04 y de las zonas de Suelo no Urbanizable Natural o Rural con uso asignado, grafiadas en el plano O.01.2 con la siguiente denominación, Equipamiento Privado (Gasolinera), Equipamiento y espacio Público (Los Llanos) PEE la Ladrillera, Industrial, Industrial 2 y Terciario 1.

Segundo. Constan en el expediente administrativo incoado, en lo que a materia sectorial se refiere, informe de la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura, de fecha 5 de agosto de 2010, en sentido desfavorable, asimismo consta en sentido desfavorable informe de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente, de fecha 5 de agosto de 2010, e informe de la compañía suministradora de electricidad Endesa, de fecha 12 de enero de 2010.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El órgano competente para resolver es la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de conformidad con lo establecido en los artículos 31.2.B).a) y 36.2.c).1.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, así como en el artículo 13.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con el Decreto 407/2010, de 16 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.

Segundo. La tramitación seguida ha sido la prevista para las innovaciones de los instrumentos de planeamiento conforme a lo previsto en el artículo 32 por remisión del artículo 36 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre. A la presente modificación le será de aplicación asimismo de forma supletoria y en lo que sea compatible con la citada Ley 7/2002, según lo establecido en la disposición transitoria novena de la misma, las normas previstas para la Modificación de los Planes en el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento.

Tercero. El contenido documental de la presente Modificación cumple los requisitos establecidos en el artículo 36.2.b) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Cuarto. La innovación propuesta se enmarca en el supuesto regulado en el artículo 38 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, ya que no se produce mediante la misma la alteración integral de la ordenación establecida por el Instrumento de Planeamiento o en todo caso, la alteración estructural del Plan General de Ordenación Urbana.

RESUELVE

Primero. Aprobar definitivamente el cumplimiento de resolución del Plan General de Ordenación Urbanística de Aroche, supeditando en su caso su publicación y registro conforme a lo dispuesto en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y el Decreto 2/2004, de 7 de enero, a la subsanación de las deficiencias en los términos expuestos en el siguiente apartado de este Acuerdo, recomendándose que por parte de la Corporación Municipal se elabore un texto unitario omnicomprensivo que refunda los distintos documentos de la Modificación, una vez realizado el cumplimiento de las subsanaciones citadas y ratificado por el Pleno Municipal, debiendo ser sometidas a información pública las modificaciones que incorpore la subsanación que se consideren sustanciales, deberán ser remitidos dos ejemplares en formato papel y uno en soporte informático, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Segundo. En relación con el documento definitivo se deberá tener en cuenta que la puesta en carga de los nuevos desarrollos previstos por el plan no podrán efectuarse hasta que no se garantice la capacidad de suministro eléctrico, de acuerdo con las previsiones del Plan Especial de Infraestructuras Eléctricas que debe redactarse para este fin en cumplimiento de lo establecido en la propia Resolución del...

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