Resolución de 10 de agosto de 2018, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, por la que se amplía el plazo de solicitud de concesión de subvenciones previsto en la Resolución de 6 de julio de 2018, por la que se convocan para el año 2018 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de 13 de junio de 2018.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Empleo, Empresa y Comercio
Rango de LeyResolución

La Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, mediante Orden de 13 de junio de 2018, (BOJA núm. 116 de 18 de junio de 2018), aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales, en régimen de concurrencia competitiva.

En el punto uno de la disposición adicional primera de la citada Orden de 13 de junio, se delega en la persona titular de la Dirección General competente en materia de Seguridad y Salud Laboral la convocatoria pública de las subvenciones reguladas en citada orden.

Por Resolución de 6 de julio de 2018, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, (BOJA núm. 138 de 18 de julio de 2018) se convocan para el año 2018 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de 13 de junio de 2018, la cual establece que el plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto de la convocatoria, previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de conformidad con el artículo 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dicho extracto se publicó el mismo día que la resolución de convocatoria, el 18 de julio de 2018.

El artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la posibilidad de que la Administración, salvo precepto en contrario, pueda conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.

Por otro lado, el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, prevé que cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos...

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