ORDEN de 13 de septiembre de 2001, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas para la formación de expertos en comercio exterior y se convocan becas para el año 2001.

Extracto


ORDEN de 13 de septiembre de 2001, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas para la formación de expertos en comercio exterior y se convocan becas para el año 2001.

MAGDALENA ALVAREZ ARZA Consejera de Economía y Hacienda ORDEN de 13 de septiembre de 2001, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas para la formación de expertos en comercio exterior y se convocan becas para el año En los últimos años la Dirección General de Comercio, actualmente adscrita a la Consejería de Economía y Hacienda, ha venido desarrollando un programa de becas para la formación de expertos en comercio exterior, de naturaleza eminentemente práctica, que pretende contribuir a dinamizar la comercialización de los productos andaluces en el campo de la exportación.

La experiencia adquirida a lo largo de estos años y la conveniencia de continuar este programa de formación, aconsejan modificar algunos aspectos de la anterior regulación con la finalidad, entre otras, de facilitar la incorporación de los becarios a empresas andaluzas relacionadas con el comercio exterior, así como reformar determinados extremos procedimentales y agilizar las convocatorias anuales.

En el primer aspecto, hay que destacar que la presente Orden amplía la duración total de las becas hasta veinticuatro meses: Los doce primeros meses realizando tareas de investigación y prácticas en el exterior, y, el resto, en empresas y otras entidades ubicadas en Andalucía que tengan relación directa con el comercio exterior. De otro lado, se establecen también medidas de control sobre las empresas y entidades

participantes en el programa de formación de expertos en comercio exterior y sobre las tareas que realiza el becario, contemplando la posibilidad de dejar sin efecto el destino asignado al becario en el caso de que se incumplan las obligaciones asumidas.

En lo que se refiere a la agilización de las convocatorias anuales, debe señalarse que la presente Orden tiene vigencia indefinida, por lo que las convocatorias anuales de becas a conceder por la Consejería de Economía y Hacienda quedarán sometidas a la misma, limitándose a especificar el contenido mínimo indispensable que se determina en esta Orden, con la consiguiente agilización de su tramitación. Sin perjuicio de la vigencia indefinida de la regulación que se establece en la presente Orden, su Disposición Adicional Un...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía