Resolución de 5 de febrero de 2010, de la Dirección General de Transportes, por la que se ratifican las nuevas tarifas de aplicación de la Estación de Autobuses de Linares (Jaén). (PP. 350/2010).
Sección | 3. Otras Disposiciones |
Emisor | CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES |
Rango de Ley | Resolución |
Con fecha 5 de febrero de 2010, se ha dictado por la Dirección General de Transportes Resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
RESUELVE
Primero. Ratificar las tarifas máximas de aplicación en la explotación de la Estación de Autobuses de Linares, que a continuación se detallan, aprobadas por el Excmo. Ayuntamiento Pleno de Linares en sesión ordinaria del día 10 de diciembre de 2009, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:
CONCEPTO | TARIFASMÁXIMAS |
1. Autobuses. | |
a) | 0,66 euros |
b) | |
- Horario diurno (8:00 a 22 horas) | 1,45 euros |
- Horario nocturno (22:00 a 8 horas) | 2,16 euros |
c) | |
- Por cada día o fracción | 7,20 euros |
2. Viajeros. | |
a) | 0,10 euros |
3. Facturaciones y consigna. | |
a) | 0,07 euros |
Mínimo de percepción | 0,15 euros |
b) | 0,72 euros |
Por cada día de demora | 0,36 euros |
4. Taquillas. | |
a) Por el alquiler de una taquilla al mes | 57,56 euros |
Segundo. Las tarifas aprobadas sin IVA servirán de base para futuras revisiones tarifarias.
Tercero. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.
Cuarto. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de...
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