Orden de 24 de julio de 2014, por la que se modifica la de 17 de mayo de 2013 de la Consejería de Presidencia e Igualdad, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud a Entidades Locales Andaluzas para la realización de actuaciones en materia de juventud, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2014.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales
Rango de LeyOrden

El Instituto Andaluz de la Juventud, adscrito a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, según Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, tiene encomendadas entre otras funciones, las de fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de juventud, así como la colaboración con otras Administraciones Públicas y Entidades en el ámbito territorial de nuestra Comunidad Autónoma (apartado 2.b) de la disposición adicional primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, en relación con el artículo 3.a) del Decreto 118/1997, de 22 de abril, por el que se aprueba el régimen de organización y funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud).

El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2011, por el que se aprueba el II Plan Integral de Juventud 2011-2014 (Plan Gyga), establece entre sus líneas de acción, la colaboración con la administración local en el desarrollo de actuaciones dirigidas a jóvenes que fomenten la participación e integración en su ámbito territorial.

En el ejercicio de las reseñadas funciones, mediante Orden de 17 de mayo de 2013, de la Consejería de la Presidencia e Igualdad, como Consejería a la que estaba adscrita en ese momento esta Agencia Administrativa, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud, a Entidades Locales Andaluzas, en materia de juventud, y se efectúa su convocatoria para 2013.

Una vez finalizada la gestión de la convocatoria de estas subvenciones del ejercicio 2013, razones de eficacia y eficiencia aconsejan la modificación puntual de determinados apartados de sus bases reguladoras para una mejor gestión de la tramitación de las mismas y, al mismo tiempo, introducir determinadas precisiones en su redacción para evitar posibles ambigüedades a los destinatarios de esta línea de subvenciones.

Las modificaciones que se introducen tienen por objeto, en primer lugar, limitar a uno solo el número de proyectos que puede presentar cada entidad solicitante. En segundo lugar, se modifican los criterios de valoración de los proyectos subvencionables, distinguiendo entre criterios objetivos, que son aquellos cuya valoración viene impuesta por el artículo 15 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, y criterios específicos, como aquellos donde se...

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