Orden de 29 de octubre de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades prestadoras de los servi- cios de asesoramiento a las explotaciones agrarias en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectúa su convocatoria para 2010.

Extracto


Orden de 29 de octubre de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades prestadoras de los servi- cios de asesoramiento a las explotaciones agrarias en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectúa su convocatoria para 2010.

Preámbulo

El Reglamento (CE) núm. 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CE) núms. 1290/2005, de 21 de junio, 274/2006, de 30 de enero, 378/2007, de 27 de marzo y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1782/2003, de 29 de septiembre, insta a los Estados Miembros para que establezcan un sistema completo para ofrecer asesoramiento a las explotaciones agrarias comerciales. Este sistema contribuirá a sensibilizar en mayor medida a los agricultores sobre la vinculación de los flujos de materiales y los procesos agropecuarios con las normas sobre medio ambiente, seguridad alimentaria y salud y bienestar de los animales, sin incidir en modo alguno en la obligación y la responsabilidad de los agricultores de observar tales normas.

En Andalucía se aprobó el Decreto 221/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el reconocimiento y registro de las entidades que presten servicio de asesoramiento a las explotaciones agrarias en Andalucía y la concesión de ayudas a su creación, adaptación y utilización. El Decreto 221/2006, de 19 de diciembre, ha sido modificado por el Decreto 31/2009, de 3 de febrero.

Por otra parte, el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), modificado por el Reglamento (CE) núm. 74/2009, de 19 de enero de 2009, establece las normas generales de la ayuda comunitaria al desarrollo rural y la participación de ese Fondo en la financiación de una serie de medidas. Dicha participación se instrumenta a través de los programas de desarrollo rural que los Estados miembros deben presentar a ese efecto.

Es por ello que la línea de subvenciones antes referida, contemplada entre las medidas definidas en el citado Reglamento, ha sido incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía para el período 2007-2013, aprobado por Decisión de la Comisión C(2008) 3843 de 16 de julio de 2008, por lo que las subvenciones serán objeto de cofinanciación dentro del eje 1, en la medida 115, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (en adelante FEADER).

Estas ayudas están acogidas al régimen de minimis, regulado por el Reglamento (CE) núm. 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis, que son aquellas ayudas que están exentas de la obligación de notificar a la Comisión Europea para su aprobación, establecida en el artículo 88 del Tratado, por considerarse que no repercuten sobre la competencia y el comercio intracomunitario dada su pequeña cuantía.

Procede por lo tanto abordar el establecimiento de las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la implantación y prestación de dichos servicios, determinando el órgano competente para la concesión, pago y control de las ayudas, así como los criterios y prioridades para la concesión de las mismas, de acuerdo con el artículo 13 del Decreto 221/2006, de 19 de diciembre.

En otro orden de cosas, de acuerdo con las previsiones del Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (Internet) y de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, la Orden incorpora de forma expresa la posibilidad de presentar las solicitudes de ayudas de forma telemática, y de que los interesados aporten copias digitalizadas de documentos.

Por otra parte, el Decreto 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 172/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, establecen que corresponde a esta Consejería las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de la política agraria, pesquera, agroalimen...

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