Resolución de 24 noviembre de 2010, de la Dirección General de Personas Mayores, por la que se da publicidad a la oferta de plazas por cada modalidad del Programa de Turismo Social de Personas Mayores de Andalucía a desarrollar durante el año 2011.

BOJA. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 237, 3 de Diciembre de 20103. Otras Disposiciones › CONSEJERIA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL

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Resolución de 24 noviembre de 2010, de la Dirección General de Personas Mayores, por la que se da publicidad a la oferta de plazas por cada modalidad del Programa de Turismo Social de Personas Mayores de Andalucía a desarrollar durante el año 2011.

La Orden de 23 de noviembre de 2007, modificada por la Orden de 17 de noviembre de 2008, regula el programa de Turismo Social de Personas Mayores de Andalucía. Dicho Programa desde sus inicios se ha revelado como un programa clave dirigido a promover el envejecimiento activo, al favorecer las relaciones interpersonales e intergeneracionales, así como al impulsar experiencias de tipo cultural que permiten ofrecer la oportunidad de un mayor bienestar personal y social, mejorando con ello la calidad de vida de las personas mayores de Andalucía.

El artículo 9 establece que la Dirección General de Personas Mayores de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, mediante convocatoria anual, dará publicidad, a través del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de la página web institucional y de sus tablones de anuncios de la oferta de plazas por cada modalidad del Programa, indicando asimismo el plazo para presentar la solicitud, los turnos establecidos y la distribución de plazas. En consecuencia, y en virtud de las facultades conferidas,

RESUELVO

Primero. Plazas, modalidades y turnos ofertados.

Se ofertan 12.480 plazas para participar en el Programa de Turismo Social de personas Mayores de Andalucía, a desarrollar según las provincias de residencia de las personas solicitantes (a excepción de la modalidad Europa Activa), las modalidades y los turnos que se relacionan en el Anexo 1 de la presente resolución.

Las personas residentes en la comarca del Campo de Gibraltar, que comprende los términos municipales de Algeciras, Castellar de la Frontera, Jimena de la Frontera, La Línea de la Concepción, Los Barrios, San Roque y Tarifa, solo podrán solicitar los turnos incluidos en este epígrafe del Anexo 1. Los turnos relacionados en el epígrafe Cádiz sólo podrán ser solicitados por las personas residentes del resto de la provincia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 3.3 de la Orden de 23 de noviembre de 2007, junto con la modal...

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