ORDEN de 30 de junio de 1995, por la que se establece la operatividad del Plan Infoca. 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyOrden

Aprobado por el Decreto 108/1995, de 2 de mayo, el Plan de Lucha contra los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma y de conformidad con lo dispuesto en su Disposición Adicional Primera, es objeto de la presente Orden concretar y desarrollar las previsiones del mismo en relación con la organización territorial y la dinámica de actuación de los medios humanos y materiales que se adscriben al citado Plan, así como establecer la activación de éste en función de la gravedad potencial de los incendios, a fin de garantizar una utilización óptima de los recursos y una actuación eficaz de la Administración en la lucha contra los incendios forestales en nuestra Comunidad.

En su virtud, en uso de las atribuciones que tengo conferidas por la Ley

6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma

DISPONGO

CAPITULO I Artículos 1 a 4

ORGANIZACION GENERAL

Artículo 1 A fin de conseguir la mayor eficacia en la operatividad del Plan Infoca, además del Centro Operativo Regional (COR) y los Centros Operativos Provinciales (COP), previstos en los artículos 18 y 25 del Decreto 108/1995, por el que se aprueba el Plan Infoca, se establecen los Centros Operativos y las divisiones territoriales siguientes:
  1. Unidades Territoriales y Centros de Defensa Forestal (CEDEFO).

    A los efectos de prevención y lucha contra los incendios forestales, las provincias se dividen en 16 Unidades Territoriales, existiendo en cada una de ellas un Centro de Defensa Forestal (CEDEFO), con los siguientes objetivos:

    - Centralizar las actividades de vigilancia, detección y extinción de incendios forestales en la unidad territorial correspondiente.

    - Servir de centro de los medios humanos y materiales asignados al territorio.

    - Permitir el seguimiento y evaluación de las intervenciones de sus medios en los incendios.

    - Facilitar la formación, integración y coordinación con los Grupos de Pronto Auxilio y Agrupaciones de Voluntades de Protección Civil de los Municipios que pertenezcan al área de influencia del CEDEFO y en general voluntarios ambientales.

    - Servir de centro para la coordinación e integración con los Servicios Contraincendios y Salvamento de los Municipios o Consorcios existentes en el Area de influencia del CEDEFO en el territorio.

    - Sensibilizar y movilizar a la población, a través de la creación de hábitos de conducta respetuosos con el medio ambiente.

  2. Comarcas, Demarcaciones de vigilancia y extinción y Subcentros.

    2.1. Cada unidad territorial correspondiente al CEDEFO se divide en comarcas de vigilancia y extinción de incendios para una adecuada coordinación y supervisión de la operatividad del Plan a dicho nivel.

    2.2. Cada comarca se subdivide, a su vez, en demarcaciones de vigilancia y extinción a los efectos de extremar la vigilancia, permitir una rápida actuación en caso de incendio y obtener los datos necesarios para el adecuado desarrollo del operativo.

    2.3. Para las comarcas o demarcaciones alejadas o mal comunicadas por tierra con los CEDEFO, y dependientes de éstos, se podrán crear subcentros con instalaciones de carácter permanente que sirvan para la gestión de medios asignados a dichas zonas.

  3. Areas de Extinción.

    Una vez declarado el incendio y en atención a la gravedad del mismo, se definirán y crearán, en su caso.

    * Puntos de encuentro. Lugares que reuniendo características idóneas para operaciones de transporte de personal, mediante helicópteros, se han incluido en la planificación al objeto de facilitar la incorporación ordenada de los especialistas de extinción a los siniestros a los que se prevea serán trasladados.

    * Puesto de Mando Avanzado (PAIF). Puesto de Mando para la dirección y seguimiento de los trabajos de extinción. Se define como oficina de campo en la que se realizan todas las funciones inherentes a la organización operativa del dispositivo. En él se centralizan las comunicaciones y la información meteorológica, así como se elaboran los planes de actuación que deberán ser aplicados para conseguir el control y posterior extinción del incendio. La jefatura de dicho puesto recae en la persona que tiene encomendada la dirección técnica de la extinción en cada caso.

    * Areas de Espera. Lugar en el entorno del área de extinción hasta donde llegan los medios asignados...

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