ORDEN de 21 de julio de 1995, por la que se establece el Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado de Andalucía para el curso 1995- 1996. 

Extracto


ORDEN de 21 de julio de 1995, por la que se establece el Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado de Andalucía para el curso 1995- 1996. 

La formación permanente del profesorado es considerada por la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo como uno de los factores que deben contribuir a mejorar la calidad de la enseñanza y como una responsabilidad de las Administraciones Educativas.

Las actuaciones de la Consejería de Educación y Ciencia en esta materia se desarrollan en el marco del Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, aprobado por el Decreto 164/1992 de 8 de septiembre. Uno de los objetivos básicos de dicho Plan es atender las necesidades de formación derivadas de la implantación del nuevo sistema establecido en la LOGSE y en los Decretos 107, 105 y 106, de 9 de junio de 1992 y 126 de 7 de junio de

1994, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a la Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en Andalucía. Junto a lo anterior el Plan pretende dar respuesta a las demandas del profesorado relativas a su actualización científico-didáctica y a la formación continua que el nuevo concepto de enseñanza requiere.

En virtud de lo anterior y para regular las actividades de formación permanente del profesorado organizadas por la administración en el curso escolar 1995/96, en el marco de los objetivos, modelos y elementos de formación contemplados en el Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, esta Consejería de Educación y Ciencia establece:

Primero. Las actividades de formación permanente del profesorado de los niveles educativos no universitarios, que se llevarán a cabo por la Consejería de Educación y Ciencia en el curso 1995-96, de acuerdo con el Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, serán las establecidas en el presente Plan Anual de Formación Permanente.

Segundo. Los objetivos del Plan Anual de Formación Permanente son los siguientes:

a) Concretar para el curso 1995/96 los objetivos y programas generales establecidos en el Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado.

b) Consolidar el proceso de programación anual de la formación permanente para asegurar una mejor coordinación y articulación entre los programas regionales, provinciales y comarcales de formación permanente del profesorado, así como entre las necesidades de formación generadas por la implantación del nuevo sistema educativo y las demandas, necesidades y participación del profesorado.

c) Facilitar la realización de una programación global, coherente e integrada de las diversas ofertas de formación que realiza esta Consejería.

d) Consolidar los Centros de Profesores como la institución para la programación y convocatoria de actividades de formación en el ámbito comarcal y para que faciliten la participación activa y la reflexión e investigación del profesorado sobre la formación permanente y su propia práctica educativa.

e) Asegurar la participación del profesorado, de las organizaciones sindicales y de los ...

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