Orden de 30 de diciembre de 2016, por la que se aprueban las modificaciones del Plan Director Territorial de Residuos No Peligrosos de Andalucía (2010-2019), como consecuencia de la revisión intermedia de 2016.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

Mediante Decreto 397/2010, de 2 de noviembre, se aprobó el Plan Director Territorial de Residuos No Peligrosos de Andalucía (en adelante PDTRNPA) 2010-2019, constituyéndose como marco básico de referencia en materia de residuos no peligrosos de Andalucía hasta el año 2019.

La rápida evolución y desarrollo tanto en el campo normativo de los residuos como en el ámbito de la gestión, exigió que el PDTRNPA 2010-2019 se dotase de mecanismos de seguimiento, control y revisión, a fin de poder adecuarse en cada momento a las circunstancias técnicas, normativas y medioambientales que afecten a la prevención y a la gestión de los residuos no peligrosos. En este sentido, el Plan prevé su revisión periódica mediante la realización de dos evaluaciones parciales del cumplimiento de los objetivos marcados en el mismo, en 2012 y 2016, así como una evaluación final coincidiendo con la finalización del período de vigencia del mismo, en 2019.

Por otro lado, la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, dispone en sus artículos 14 y 15 que los planes y programas de prevención y gestión de residuos se revisarán al menos cada 6 años. Asimismo, el artículo 55 del Decreto 73/2012, de 22 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía, establece que se efectuará una revisión de los planes y programas autonómicos de gestión y prevención de residuos cada 6 años, o en el menor plazo posible cada vez que se produzcan innovaciones en las directrices de la Unión Europea o en la legislación estatal sobre la materia, que incidan en las previsiones recogidas en ellos.

Transcurridos seis años tras la aprobación del PDTRNPA, varios son los hitos normativos acontecidos cuyas disposiciones tienen una repercusión directa en los objetivos y medidas de actuación definidos en el Plan, y que justifican una revisión del mismo.

La transposición de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas, se llevó a cabo mediante la promulgación de la Ley 22/2011, de 28 de julio, que derogó a la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos, vigente hasta esa fecha. En la Ley 22/2011, de 28 de julio, dentro del Título II y siguiendo las líneas marcadas por la Directiva Marco, se recoge como un instrumento de planificación, la redacción de planes y programas de gestión de residuos y de programas de prevención de residuos, a nivel estatal, autonómico y local.

En lo referente a los planes de gestión, la Ley establece en su artículo 14 que los planes autonómicos de residuos incluirán un análisis actualizado de la gestión de los residuos en su ámbito territorial, así como las medidas a adoptar para facilitar su reutilización, reciclado, valorización...

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