Orden de 21 de noviembre de 2014, por la que se actualiza la estructura de gestión y funcionamiento para la prestación de los servicios de atención especializada en el Área de Salud de Granada.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 55, atribuye a esta Comunidad Autónoma competencia compartida en materia de sanidad interior, lo que implica la potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, en el marco de las bases que fije el Estado en normas con rango de ley.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en su artículo 51.2 atribuye a las Comunidades Autónomas la ordenación territorial de los servicios.

El Decreto 105/1986, de 11 de junio, sobre ordenación de asistencia sanitaria especializada y órganos de dirección de los hospitales, determina que el Área Hospitalaria es la demarcación geográfica para la gestión y administración de la asistencia sanitaria especializada, estando conformada, al menos, por un Hospital y por los Centros Periféricos de Especialidades adscritos al mismo. También establece el mencionado decreto que las Áreas Hospitalarias se delimitarán con arreglo a criterios geográficos, demográficos, de accesibilidad de la población y la eficiencia para la prestación de la asistencia especializada.

La Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, establece en su artículo 62 que corresponderá a la Consejería de Salud, en el marco de las competencias de la Junta de Andalucía, entre otras, las siguientes competencias:

- La planificación general sanitaria y la organización territorial de los recursos, teniendo en cuenta las características socioeconómicas y sanitarias de las poblaciones de Andalucía.

- La delimitación de las demarcaciones territoriales y el establecimiento de las estructuras funcionales de sus competencias, tal como se establece en los Capítulos II (artículos 47 a 50) y III (artículos 51 a 57) del Título VII de la presente Ley.

La experiencia acumulada hasta el presente por el Servicio Andaluz de Salud, y la realidad asistencial y organizativa propia de los dispositivos asistenciales, tanto de Atención Primaria como de Atención Hospitalaria del Área de Salud de Granada, aconsejan operar determinadas modificaciones en la estructura hospitalaria en la citada provincia que afectan a las actuales Áreas Hospitalarias Norte y Centro-Oeste de Granada. La necesidad prioritaria de integración de toda la estructura hospitalaria en aras de una mejora en...

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