Orden de 1 de junio de 2016, por la que se modifica el Plan de Inspección Programada en materia de turismo para el año 2016.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE TURISMO Y DEPORTE
Rango de LeyOrden

Mediante el Decreto 28/2016, de 2 de febrero, se ha creado y regulado un nuevo tipo de servicio turístico de alojamiento, las viviendas con fines turísticos, lo que ha provocado que deban implementarse las medidas necesarias para la verificación de los requisitos exigidos para el inicio y ejercicio de dicha actividad, fundamentalmente en lo referente a la presentación de la correspondiente declaración responsable por el interesado a efectos de su constancia en el Registro de Turismo de Andalucía y al control de la actividad a través de internet, ya que, lógicamente, el Plan de periodicidad anual no contempla las actuaciones relativas a estos alojamientos.

Las actuaciones expresadas se integran en la actividad ordinaria de la inspección turística, mediante el control del inicio y el ejercicio de la actividad de las viviendas con fines turísticos, al igual que sucede con el resto de tipos de alojamientos turísticos. Por ello, y debido a razones organizativas y de eficiencia, se modifica el Plan de Inspección Programada en materia de Turismo para el año 2016, procediéndose a completar los correspondientes programas del mismo que puedan afectar a las viviendas con fines turísticos.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, y de conformidad con la competencia atribuida en el artículo 67.1 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía, en relación con el artículo 36 del Decreto 144/2003, de 3 de junio,

DISPONGO

Primero. Modificación del Plan de Inspección Programada en materia de turismo para el año 2016.

Se aprueba la modificación del Plan de Inspección Programada en materia de turismo para el año 2016. El contenido del mismo se integra en los programas 1.1, 1.3, 1.13 y 2.1 del Plan de Inspección Programada en materia de turismo para el año 2016, publicado en el BOJA número 15, de 25 de enero de 2016, quedando redactados dichos programas de la siguiente forma:

Programa 1.1.

Control y verificación del cumplimiento de la normativa turística de aquellos alojamientos turísticos que inicien su actividad.

Actuación inspectora:

Se efectuarán visitas de inspección a los establecimientos de alojamiento turístico, viviendas turísticas de alojamiento rural y viviendas con fines turísticos que inicien su actividad, en las que se formalizarán las actas de inspección que correspondan y, en su caso, se emitirán los informes técnicos que procedan.

Ámbito de actuación:

Establecimientos...

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