Extracto
RESOLUCION de 9 de mayo de 2006, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2006, a efectos del cómputo de plazos en los procesos selectivos de personal de Administración y Servicios.
, métodos de deconvolución. RESOLUCION de 9 de mayo de 2006, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se amplía el plazo establecido en la base 4.1 de la Resolución que se cita, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de personal laboral. Convocadas pruebas selectivas para la provisión de plazas de personal laboral por Resolución de esta Universidad de
fecha 22 de febrero de 2006 y considerando que concurren causas justificadas que impiden cumplir el plazo establecido en la base 4.1 de la convocatoria. Este Rectorado, de conformidad con el art. 49 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ha resuelto ampliar hasta el próximo día 30 de mayo de 2006 el plazo establecido para la publicación de las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. Sevilla, 9 de mayo de 2006.- El Rector, Juan Fernández Valverde. 3. Otras disposicionesRESOLUCION de 27 de abril de 2006, de la Dirección General de Administración Local, por la que se acuerda la publicación de los Estatutos del Consorcio Ruta del Vino Montilla-Moriles (Expediente núm. 005/ 2006/CON).El Capítulo II del Título III de la Ley 7/1993, de 27 de julio, reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía, regula la facultad que ostentan las Entidades Locales para constituir Consorcios con otra Administración Pública o con entidades privadas sin ánimo de lucro que persigan fines de interés público concurrentes con los de las Administraciones Públicas para la realización de actuaciones conjuntas, la coordinación de actividades y la consecución de fines de interés común, debiéndose publicar sus Estatutos en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Montilla (Córdoba) ha tramitado expediente para la publicación de los Estatutos reguladores del Consorcio Ruta del Vino Montilla-Moriles, integrado por los municipios de Aguilar de la Frontera, Córdoba, Fernán Núñez, La Rambla, Lucena, Montemayor, Moriles, Montilla, Puente Genil, y la Asociación para la Promoción del Turismo del Vino (AVINTUR), habiéndose aprobado éstos por todas las Entidades consorciadas de acuerdo con su legislación específica, según consta en las Certificaciones enviadas al efecto.En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en los artículos 36.2 de la Ley 7/1993, de 27 de julio y 8.16 del Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación.R E S U E L V EDisponer la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de los Estatutos reguladores del Consorcio Ruta del Vino Montilla-Moriles, que se adjuntan como Anexo de esta Resolución.Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.Sevilla, 27 de abril de 2006.- El Director General, Juan R.Osuna Baena.ANEXO ESTATUTOS DEL CONSORCIO TURISTICO PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE DINAMIZACION«RUTA DEL VINO MONTILLA-MORILES»TITULO INORMAS GENERALESArtículo 1. Denominación. Con el nombre de «Consorcio Ruta del Vino Montilla-Moriles», se constituye un Consorcio integrado por los Municipios de Aguilar de la Frontera, Córdoba, Fernán Núñez, La Rambla, Lucena, Montemayor, Moriles, Montilla y Puente Genil, y la Asociación para la promoción del Turismo del Vino (AVINTUR).El Consorcio «Ruta del Vino Montilla-Moriles», a partir de ahora «Consorcio», es una entidad de derecho público, de carácter asociativo y naturaleza voluntaria, que goza de personalidad jurídica propia distinta de la de sus consorciados y capacidad jurídica plena para el cumplimiento de sus fines.Artículo 2. Composición y adhesión. El Consorcio estará integrado por los siguientes miembros: Los Municipios de Aguilar de la Frontera, Córdoba, Fernán Núñez, La Rambla, Lucena, Montemayor, Moriles, Montilla y Puente Genil, y la Asociación para la Promoción del Turismo del Vino (AVINTUR).Todos los entes consorciados deberán aportar la documentación requerida en el Convenio para acreditar el compromiso de cofinanciación establecido o cualquier otro requisito que exija la Admón. Central y/o Autonómica para la firma del Convenio. La pertenencia al Consorcio implicará tácitamente la asunción de las cláusulas o estipulaciones recogidas en el Convenio. En caso de incumplimiento dejará de pertenecer al Consorcio, tras el procedimiento estatutariamente establecido.Artículo 3. Domicilio. El Consorcio tiene su domicilio social en el municipio de Montilla, C/ Capitán Alonso de Vargas, núm. 3; o en todo caso en aquel que se considere por el Consejo Rector más operativo para el buen cumplimiento del Plan de Dinamización.Artículo 4. Fines y objeto. La Gestión consorciada del Plan de Dinamización Turística y la consecución de su...Ver el contenido completo de este documento
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Documentos citados
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 35 , 38
- Constitución Española de 1978.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículos 2 , 3 , 36 , 90
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. - Artículo 48
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