RESOLUCION de 23 de junio de 2004, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se modifica la de 8 de junio de 2004 por la que se hace pública la composición de los órganos de selección en los procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos a que se refiere la Orden de ...

Sección2. Autoridades y Personal
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION
Rango de LeyResolución

RESOLUCION de 23 de junio de 2004, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se modifica la de 8 de junio de 2004 por la que se hace pública la composición de los órganos de selección en los procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos a que se refiere la Orden de 23 de marzo de 2004.

Mediante Orden de la Consejería de Educación y Ciencia, de 23 de marzo de 2004 (BOJA del 5 de abril), se efectuó convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Profesores de E. Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas. De acuerdo con lo establecido en su Base Quinta, y mediante la Resolución de 8 de junio de 2004 (BOJA del 17 de junio), se hizo pública la composición de los tribunales encargados de la selección de los/las aspirantes en el citado procedimiento selectivo y se adscribieron a los mismos a los opositores admitidos.

Sin embargo, determinadas circunstancias profesionales y/o personales de los miembros titulares o suplentes de dichos órganos de selección, así como la concurrencia en losmismos de alguno de los motivos de abstención o recusación en el procedimiento, previstos en los artículos 28 y 29, respectivamente, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, hacen necesaria la modificación en la composición de los referidos tribunales.

A la vista de lo anterior, y en virtud de las competencias que tiene atribuidas,

HA RESUELTO

Primero. Dejar sin efecto el nombramiento del...

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