ORDEN de 30 de diciembre de 2004, por la que se aprueban los modelos 660 y 650 de declaración-liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Sección1. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN de 30 de diciembre de 2004, por la que se aprueban los modelos 660 y 650 de declaración liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

El artículo 5.segundo de la Ley estatal 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, modifica los artículos 31 y 34 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, estableciendo el régimen de autoliquidación del impuesto con carácter obligatorio en determinadas Comunidades Autónomas, entre ellas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por los hechos imponibles en los que el rendimiento del impuesto se considere producido en su territorio, en virtud de los puntos de conexión aplicables de acuerdo con lo previsto en la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía.

La procedencia de dicho régimen deautoliquidación conlleva la obligación de los sujetos pasivos de utilizar el impreso de declaración-liquidación establecido al efecto conforme dispone el artículo 87 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado mediante Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre.

Mediante la presente Orden se aprueban los modelos de declaración-liquidación que deben utilizarse, de acuerdo con las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía por la Ley 19/2002, de 1 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión, que deben ejercerse en los casos y condiciones previstos en la Ley 21/2001.

La citada Ley 21/2001 concreta las competencias normativas que corresponden a las Comunidades Autónomas en relación con cada uno de los tributos cedidos, contemplando en su artículo 47.1.e) en relación al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones la competencia para la aprobación de los modelos de declaración.

La presente Orden aprueba los modelos que deben utilizarse para presentar la autoliquidación en la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para las adquisiciones «mortis causa», incluidas las de los beneficiarios de pólizas de seguros de vida, cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario, salvo los supuestos expresamente regulados en el artículo 16.2.a) del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo. Asimismo, este modelo se utilizará para las autoliquidaciones parciales a que se refiere el artículo 89 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado mediante Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre.

Las autoliquidaciones deberán...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR