ORDEN de 3 de abril de 1995, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta el personal Médico Interno Residente y Especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria de todos los Hospitales y Centros de Salud del Servicio Andaluz de Salud, mediante el establecimiento de servicios mínimos. 

Extracto


ORDEN de 3 de abril de 1995, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta el personal Médico Interno Residente y Especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria de todos los Hospitales y Centros de Salud del Servicio Andaluz de Salud, mediante el establecimiento de servicios mínimos. 

Por el Sindicato Andaluz de Facultativos Internos Residentes ha sido convocada huelga desde las 8'00 horas del día 18 hasta las 8'00 horas del día 21 de abril y desde las 8'00 horas del día 25 hasta las 8'00 horas del día 28 de abril de 1995, y que, en su...

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