ORDEN de 3 de abril de 1995, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta el personal Médico Interno Residente y Especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria de todos los Hospitales y Centros de Salud del Servicio Andaluz de Salud, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
BOJA. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 57, 8 de Abril de 1995 › 1. Disposiciones Generales › CONSEJERIA DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
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