Resolución de 14 de agosto de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia núm. 375/2012, de 6 de febrero, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, recaída en el recurso contencioso-administrativo núm. 2236/06.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyResolución

ANTECEDENTES

Primero. Mediante Orden de 15 de noviembre de 2004, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 235, de 1 de diciembre), se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Trabajo Social, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2003, publicándose la relación definitiva de aprobados y oferta de vacantes a los aspirantes seleccionados mediante Resolución de 23 de junio de 2006, de la Secretaría General para la Administración Pública. Mediante Orden de 1 de septiembre de 2006, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 185, de 22 de septiembre), se procedió al nombramiento como funcionarios de carrera de dicho Cuerpo y opción al personal relacionado en el Anexo a la misma. Doña Josefa María Carrasco Nuñez participó en las referidas pruebas selectivas sin figurar en la relación definitiva de aprobados.

Segundo. Contra la Resolución desestimatoria del recurso de alzada formulado contra la Resolución de 23 de junio de 2006, por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados y se ofertan vacantes a los aspirantes seleccionados, fue interpuesto recurso contencioso-administrativo, seguido por los cauces del procedimiento núm. 2236/06, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, dictando la Sentencia núm. 375/2012, de 6 de febrero, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: «Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el procurador don Juan Antonio Montenegro Rubio, en nombre y representación de doña Josefa María Carrasco Núñez, y declaramos el derecho de la recurrente a que por la Comisión de Selección le sea valorado como trabajo desarrollado, a razón de 0,20 puntos por mes, los servicios prestados en el Ayuntamiento de Cádiz y en el Ayuntamiento de Ubrique conforme a lo autobaremado en la solicitud de participación en la convocatoria que nos ocupa (39 puntos), y, ello, con todas las consecuencias que se deriven del cómputo de dicho mérito y con efectos desde que debió ser valorado. Sin expresa imposición de las costas procesales que se hubiesen causado.»

Mediante providencia de 26 de noviembre de 2012, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, determina la firmeza de la citada Sentencia. En consecuencia, y de conformidad con lo...

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