Resolución de 1 de abril de 2014, de la Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil, por la que se declara la festividad del «Niño Resucitado» de la localidad de Cúllar-Vega (Granada) como manifestación festiva religiosa, cultural y tradicional con uso de artificios de pirotecnia.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Justicia e Interior
Rango de LeyResolución

La Instrucción Técnica Complementaria número 18 del Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, regula el uso de artificios de pirotecnia exceptuados del ámbito de la Directiva 2007/23/CE, de 23 de mayo de 2007, sobre la puesta en el mercado de artículos pirotécnicos, por Grupos de Consumidores Reconocidos como Expertos, en manifestaciones festivas religiosas, culturales y tradicionales.

De acuerdo con la misma Instrucción, el reconocimiento de una manifestación festiva como de carácter religioso, cultural o tradicional, a nivel local o autonómico, la ha de efectuar la Administración autonómica, de oficio o a instancia de los Ayuntamientos, y se ha de publicar en el Diario Oficial correspondiente.

Con fecha 1 de marzo de 2013, el Ayuntamiento de Cúllar-Vega (Granada) presentó ante la Delegación del Gobierno la solicitud para declarar la festividad del «Niño Resucitado», que se celebra cada Domingo de Resurrección en esta localidad, como manifestación festiva con uso de artificios de pirotecnia. A dicha solicitud se acompaña documentación descriptiva de la fiesta, donde queda acreditado el carácter religioso, cultural y tradicional de la misma, así como acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Cúllar-Vega por el que se acuerda solicitar la declaración como festividad con uso de artificios pirotécnicos.

De conformidad con el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y el Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, y demás normativa de aplicación,

RESUELVO

Reconocer el carácter religioso, cultural y tradicional, a nivel local, de la manifestación festiva denominada «Niño Resucitado» que cada Domingo de Resurrección tiene lugar en la localidad de Cúllar-Vega (Granada).

A efectos de esta Resolución, se entiende por festividad del «Niño Resucitado» la manifestación festiva con uso de pirotecnia realizada por un grupo de personas durante el recorrido de...

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